Boletines/Chascomús

Decreto Nº1039/23

Decreto Nº 1039/23

Chascomús, 26/10/2023

SUBSIDIO

Visto

El Expediente Administrativo EX-2023-00038481-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado: “Solicitud de subsidio y trabajo. Expte. 162365”; y

Considerando

Que atento a la situación de vulnerabilidad de la peticionante que se encuentra acreditada con los antecedentes obrantes en estos actuados, la Asesoría Letrada ha dictaminado que resulta adecuado al cumplimiento de los fines del Estado el acompañamiento a la peticionante con el otorgamiento de un subsidio durante tres (3) meses para cubrir gastos diarios, debiendo verificarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Otórguese subsidio, para cubrir gastos diarios de su grupo familiar, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL ($ 135.000), a otorgarse en Tres (3) Cuotas iguales y consecutivas de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000,00), cada una, sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas, correspondiente a los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2023 inclusive.-

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.01.00, Partida 5.1.4., Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).-

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Políticas Comunitarias, Contaduría, Tesorería y beneficiaria en el domicilio en la calle Florencio Chappa N° 662 de Chascomús.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-

ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-