Boletines/Chascomús
Decreto Nº 1029/23
Chascomús, 23/10/2023
SUBSIDIO
Visto
El Expediente Electrónico EX-2023-00044220-CHASCOMUS-MESA#SG; y
Considerando
Que atento a la situación de vulnerabilidad que se encuentra acreditada con los antecedentes obrantes en estos actuados, la Dirección de Asuntos Legales dictamino: Que resulta adecuado al cumplimiento de los fines del Estado el acompañamiento a la peticionante con el otorgamiento de un subsidio durante los meses de Octubre hasta Diciembre inclusive del año 2023 para solventar los gastos de subsistencia de sus sobrinos, AB, BB y SB debiendo verificarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Otórguese subsidio, para cubrir gastos diarios para subsistencia de su grupo familiar, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL ($360.000), a otorgarse en tres (3) Cuotas iguales y consecutivas de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000), cada una, sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas, correspondiente a los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2023 inclusive.-
ARTÍCULO 3°.- Autorízale la percepción del subsidio .-
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.01.00, Partida 5.1.4., Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).-
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Políticas comunitarias, Contaduría, Tesorería y beneficiario .-
ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-
ARTICULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-