Boletines/Chascomús

Decreto Nº1028/23

Decreto Nº 1028/23

Chascomús, 20/10/2023

TRANSPORTE PÚBLICO LÍNEA 381

Visto

El servicio de transporte interurbano Línea 381; y

Considerando

Que dicho servicio fue concesionado por el Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires a la firma Línea Expreso Ruta 29 SRL y se encuentra funcionando desde el mes de abril del año 2022.

Que, actualmente, realiza cuatro viajes diarios entre las ciudades de Chascomús y General Paz y, atento a que finaliza (y comienza) en la Terminal ubicada en la Estación Ferroautomotor, desde la cartera provincial de Transporte, se la ha autorizado para prestar el mismo en forma fraccionada, permitiéndole cubrir, con una mayor frecuencia, el recorrido desde/hasta la rotonda de Ruta 20/JM de Rosas y la Terminal local.

Que este nuevo servicio comenzó a funcionar el día 17 de Octubre del corriente año y, en principio, funciona en la franja horaria de 5 hs. a 21 hs., estimándose una frecuencia no mayor a los 40 minutos aunque, de acuerdo a la demanda que se vaya observando, podría ser menor en horarios considerados “pico”, como así también podrían establecerse puntos de parada distintos a los inicialmente planteados.

Que, por otra parte, se viene evaluando con profesionales del Ministerio de Transporte y especialistas en movilidad urbana, que la oferta del servicio se vaya ampliando con otros recorridos, una vez que el actual se consolide. Asimismo, tanto con dicho organismo como su par nacional, se está tramitando la inclusión del prestador en el sistema SUBE, lo que permitirá no sólo la modernización del servicio, sino también el acceso a los beneficios y descuentos especiales que prevé el mismo.

Que, atento a estas circunstancias, el concesionario se encuentra impedido de realizar el servicio de transporte urbano en forma gratuita durante el día domingo 22 de Octubre, tal cual se ha establecido a nivel nacional, motivo por el cual ha solicitado el acompañamiento de la Municipalidad en dicha jornada.

Que, de acuerdo a lo evaluado, con el fin de facilitar el cumplimiento de su deber cívico por parte de los vecinos de Chascomús y, al mismo tiempo, promover el uso de este nuevo servicio público, es necesario otorgar una ayuda económica a la mencionada firma concesionaria de la Línea 381, sujeta a rendición de cuentas, habiéndose estimado la misma en el equivalente a setecientos (700) pasajes, es decir, la suma de Pesos Ciento Cuarenta Mil ($ 140.000).

Que, en el presupuesto vigente, se incluyó un programa de Transporte urbano de pasajeros, lo que permite imputar algunos servicios y tareas relacionados con la puesta en valor de refugios, colocación de cartelería, señalización de paradas y modernización del sistema, a través del acompañamiento a la firma Línea Expreso Ruta 29 SRL, que le permitirá indicar en tiempo real el recorrido y ubicación de los vehículos, previéndose que los usuarios lo puedan visualizar a través de un QR que estará disponible en la cartelería.

Que, cabe recordar que a través de la Ordenanza Nº 3820, se declaró el estado de emergencia para el sistema de transporte público urbano colectivo de pasajeros en el distrito de Chascomús.

Que, hace casi una década, se concesionó un servicio de transporte urbano que, por distintas circunstancias, no se sostuvo en el tiempo.

Que, entre las causas del fracaso de dicho servicio seguramente se encuentran cuestiones culturales (el uso del transporte público se remonta a la década del ochenta) y financieras, que tienen que ver con la falta de ayuda económica para su sostenimiento.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Declárese de interés urbanístico, cultural, turístico y Educativo de la Intendencia Municipal de Chascomús, la puesta en marcha del servicio de Transporte Público de pasajeros autorizado por el Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires, entre la rotonda de la Ruta 20 y Juan Manuel de Rosas y la Estación Ferroautomotor de la ciudad de Chascomús.-

ARTÍCULO 2°.- Autorícese el otorgamiento de ayuda económica a la firma Línea Expreso Ruta 29 SRL por un monto de PESOS CIENTO CUARENTA MIL ($140.000), sujeta a rendición de cuentas, destinada a acompañar al concesionario de la línea 381 para la prestación del servicio urbano en forma gratuita durante la jornada del acto eleccionario del día 22 de Octubre de 2023.-

ARTÍCULO 3°.- Impútese el gasto a la Jurisdicción 1110112000, Programa 01.90.00, FF 131 (SEM).-

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Seguridad Ciudadana, Concesionario de Línea 381 y Ministerio de Transporte de la PBA.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-