Boletines/Chascomús

Decreto Nº988/23

Decreto Nº 988/23

Chascomús, 09/10/2023

AUTORIZAR CARGA DE COMBUSTIBLE

Visto

La necesidad de movilización y agilidad que requieren para el desarrollo de sus tareas las diferentes Dependencias Municipales; y

Considerando

Que la disposición de agentes y/o funcionarios Municipales de utilizar sus propios vehículos particulares para el desarrollo de las tareas asignadas resulta satisfactoria para cubrir, en gran parte, la necesidad antes mencionada.

Que a tales vehículos se les debe administrar, de acuerdo a la necesidad, el combustible para su funcionamiento, en algunos casos regularmente y en otros ocasionalmente.

Que conforme a las normas vigentes, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente, autorizando la carga de combustible durante el año 2023.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Autorícese la carga de combustible adquirido por el Municipio en las  excepcionales ocasiones en que resulte necesario para el normal desarrollo de las tareas, en los vehículos propiedad de agentes de Planta y/o Funcionarios Políticos Municipales, para el Ejercicio 2023 de acuerdo al listado contenido en los artículos siguientes.-

ARTÍCULO 2°.- Está autorizada  a la carga de combustible adquirido por el Municipio en el Jardín Maternal y de Infantes “Clarisa Amezaga”, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social, y solo cuando la tarea que debe realizar lo amerite, debiendo estar las mismas detalladas en el vale que autoriza la carga.

  • CAVALLI, María Luisa, DNI 12.547.077 moto vehículo marca GILERA Smash, Dominio A016ANG.

ARTÍCULO 3°.- La titular deberá presentar por única vez Licencia de conducir, Cédula verde y Seguro vigente.-

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Desarrollo Social, Oficina de Compras, Contaduría,  Dirección de Educación, Jardín Municipal.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-

ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-