Boletines/Chascomús
Decreto Nº 970/23
Chascomús, 02/10/2023
AMPLIACION CREDITO EPI 30 DE MAYO
Visto
La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica, no considerados en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente; y
Considerando
Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2023, incorporando los recursos con afectación específica comunicados y no considerados en el cálculo de recursos vigente.
Que mediante el Expediente Administrativo GDE EX-2023-00006059-CHASCOMUS-MESA#SG se tramita el “Convenio Específico para la Implementación del Plan Nacional de Primera Infancia Entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Subsecretaría de Primera Infancia y la Municipalidad de Chascomús (Barrio 30 de Mayo)”.
Que el mencionado convenio registrado mediante el N° CONVE-2022-134042907-APN-SENNAF#MDS tiene por objeto reglar los mecanismos de colaboración y articulación entre las partes para la apertura de Centro de Desarrollo Infantil “Espacio de Primera Infancia 30 de Mayo”.
Que en la Cláusula Tercera del citado convenio la Secretaría se compromete a otorgar, en concepto de Subsidio No Reintegrable un subsidio único inicial para ser utilizado en mejoras edilicias y equipamiento por un monto de Pesos Dos Millones ($2.000.000), y subsidios mensuales destinados a cubrir gastos operativos de funcionamiento por la suma de Pesos Un Millón Seiscientos Veinte Mil ($1.620.000) según lo detalla la cláusula Cuarta del convenio.
Que el importe de Pesos Un Millón Seiscientos Veinte Mil ($1.620.000) correspondientes a los subsidios mensuales que se giran de manera semestral, corresponden a una matrícula de 90 niños y niñas, pero visto que al inicio del programa el 8 de mayo turno mañana y 15 de agosto turno tarde, la institución contaba con una matrícula de 80 infantes, la suma a recibir resultante, es de Pesos Un Millón Cuatrocientos Cuarenta Mil ($1.440.000) correspondientes a Pesos Tres Mil ($3.000) por 80 infantes, por seis meses.
Que el día 13 de febrero del corriente ejercicio se percibió la suma de Pesos Dos Millones ($2.000.000) correspondiente al Subsidio Único Inicial, habiéndose realizado la ampliación presupuestaria correspondiente, y el día 18 de septiembre del corriente ejercicio se percibió la suma de Pesos Un Mil Cuatrocientos Cuarenta ($1.440.000).
Que resulta necesario dictar el acto administrativo que autorice las adecuaciones presupuestarias pertinentes.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Amplíese el crédito de las partidas parciales que se indican a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
Estructura Programática |
Fuente de Financiamiento |
Imputación |
Importe |
1110113000 – 34.10.00 – Espacio Primera Infancia 30 de Mayo |
133 - De origen nacional |
2.9.9.0 - Otros |
1.440.000,00 |
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Total Gastos: |
1.440.000,00 |
ARTICULO 2°.- Créese y amplíese el Cálculo de Recursos de acuerdo al siguiente detalle:
JURISDICCIÓN |
RUBRO |
IMPORTE |
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1110111000 |
17.2.01.22 Conv. Min. Des. Social Nación – Esp Primera Inf. 30 de Mayo |
1.440.000,00 |
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Total |
1.440.000,00 |
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Presupuesto y Contaduría.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-