Boletines/Adolfo Alsina

Ordenanza Nº4852/23

Ordenanza Nº 4852/23

Adolfo Alsina, 07/09/2023

VISTO: El Expediente Nº 4001-1313/23 en el que la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Miguel Arcángel, con Personería Jurídica Legajo 207368, mediante nota fechada el 16 de agosto de 2023, solicita un lote para poder construir su sede conjuntamente con el Cuartel y demás dependencias que posibiliten cumplir la función para la que fue creada. Y;

CONSIDERANDO: Que a los fines de afianzar con el proyecto, el Municipio de Adolfo Alsina cuenta con una parcela que por sus dimensiones es acorde a los fines solicitados.-

Que la parcela en cuestión está baldía y sin uso debido a que existía un galpón de herramientas que fue trasladado al corralón municipal.-

Que para poder efectivizar la cesión a la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Miguel Arcángel se deberá firmar un contrato de tenencia precaria.-

Que es el Honorable Concejo Deliberante quien debe autorizar mediante Ordenanza la tenencia precaria de los bienes en cuestión. Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Artículo 1°.-  Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder a  la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Miguel Arcángel, con domicilio en Avenida 9 de julio e/ Los Fundadores y 29 de Septiembre, Personería Jurídica Legajo 207368, Certificado de Vigencia Nº 42084, Entidad de Bien Público Nº 278 de Adolfo Alsina, en carácter de Tenencia Precaria por el término de cinco (5) años, a la parcela  de propiedad  de  la  Municipalidad de Adolfo Alsina, cuya designación catastral es: Circunscripción IX - Sección B - Quinta 9 - Parcela 32 - Partida Inmobiliaria 3439, inscripto en la Matrícula 18045 del Partido de Adolfo Alsina, ubicado en el Sector Oeste del pueblo en la intersección de las calles Guidanchesky y la calle 25 de Mayo de San Miguel Arcángel.-

Artículo 2°.- La cesionaria abonará las Tasas, Contribuciones e Impuestos que graven los terrenos cedidos.-

Artículo 3°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio de Tenencia Precaria, conforme el modelo que surge como anexo y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADO Y SELLADO EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Fdo.: “Stella Maris STEVSSEL – Secretaria Legislativa H.C.D. Adolfo Alsina, María de los Ángeles FERNÁNDEZ – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”

Anexos

MODELO DE CONTRATO

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