Boletines/Adolfo Alsina

Decreto Nº1918/23

Decreto Nº 1918/23

Adolfo Alsina, 13/09/2023

Visto

El Expediente Nº: 4001-1385/23 mediante el cual la Asociación Cooperadora de la ESCUELA DE EDUCACIÓN PRIMARIA Nº 34 "NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN" del Paraje Santa Anita, solicita autorización para poner en circulación una rifa a beneficio de la E.P. Nº 34 y el Jardín Rural Nº 5;

Considerando

Que la misma reúne las condiciones, cumplimentando los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº: 4352/18;

El Intendente Municipal del partido de Adolfo Alsina en uso de las atribuciones que le son propias; D E C R E T A:

Art. 1º - Autorízase a la Asociación Cooperadora de la ESCUELA DE EDUCACIÓN PRIMARIA Nº 34 "NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN" del Paraje Santa Anita, a poner en circulación una rifa que constará de quinientas (500) boletas de dos (2) números cada una, al valor unitario de Pesos Dos Mil ($2.000,00.-), a sortearse el día 13 de Octubre de 2023, por Quiniela Nacional Nocturna, con los siguientes premios, a saber: 

1) Una vaquillona.
2) Un cordero.
3) Una tabla con asado, chorizos parrilleros y un cuchillo.

Art. 2º - La entidad organizadora deberá publicar en diario y/o periódico de la localidad, y/o radiofonía, y/o televisión, en forma veraz y suficiente, la rifa organizada y autorizada, en particular fecha del sorteo y Lotería por la que se juega; premios a entregar; lugar y fecha de entrega de los mismos.-

Art. 3º - El incumplimiento por parte de la institución organizadora a cualquiera de las normas establecidas en la Ordenanza Nº: 4352/18, dará lugar a la aplicación desanciones que consistirán en multas de entre 20 a 100 litros de combustible (gas oil) y en inhabilitación de dos (2) a diez (10) años para emitir rifas.-

Art. 4º - La Entidad solicitante deberá manifestar el destino que dará a los fondos que se recauden, y dentro de los treinta (30) días de realizado el sorteo, deberá informar por escrito sobre la utilización de los fondos y el plazo previsto.-

Art. 5º - La autorización que se concede queda sujeta a las disposiciones de la Ordenanza Nº: 4352/18.-

Art. 6º - Comuníquese con copia a la institución interesada, Comisaría local, publíquese, tomen razón las Oficinas respectivas y dése al Libro de Decretos.-

Fdo: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, Lic. Javier Andres – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”