Boletines/Mercedes
Decreto Nº 2125/2023
Mercedes, 26/09/2023
Visto
Lo actuado en Expediente Administrativo Nº 3496/2023, caratulado “Licitación Privada n° 67/2023 s/ la adquisición de camas y colchones”, y;
Considerando
Que según la necesidad planteada por la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad a fojas 3, se convocó al llamado de Licitación Privada n° 67/2023 con motivo de realizar la convocatoria de oferentes y lograr la adquisición de camas y colchones.
Que, habiéndose previsto como fecha de apertura de sobres el día 18/09/2023, se han presentado 2 (dos) oferentes, según consta en Acta de Apertura y Comparativo de Precios obrante en fojas 21 y 66-67 respectivamente.
Que, visto y analizado las ofertas por el área técnica y contable, se ha determinado que las ofertas presentadas cumplimentan técnicamente con lo solicitado en el pliego de bases y condiciones. Por ello, corresponde resolver su adjudicación a las ofertas más convenientes económicamente para el erario municipal, siendo el caso de lo cotizado por la firma “Bossio Matías Taiel”, y teniendo en cuenta que su cotización total se encuentra un 8,46% por debajo del presupuesto oficial.
Que, por razones administrativas, económicas y de oportunidad aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación de los bienes mencionados que permita su concreción.
Que, por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias.
D E C R E T A:
ARTICULO 1º) ADJUDICASE a la firma BOSSIO MATÍAS TAIEL por un total de $8.689.400,00 (Pesos ocho millones seiscientos ochenta y nueve mil cuatrocientos con 00/100 centavos) la compra de camas y colchones, que se detallan a continuación, según lo especificado en el pliego de bases y condiciones.
|
ITEM |
Cantidad |
Unidad |
Descripción |
|
1
|
100 |
Unidades
|
Camas de pino de una plaza, cepilladas y reforzadas |
|
2 |
100 |
Unidades
|
Camas de pino superpuestas, cepilladas y reforzadas |
|
3 |
104 |
Unidades
|
Colchones de una plaza, de 18 cm de alto x 0,80 cm x 190 cm Capacidad aproximada: 70 Kg mínimo. |
ARTICULO 2º) Tómese razón, comuníquese a las áreas competentes y cumplido, archívese.