Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 636/2023
Coronel Rosales, 30/10/2023
Visto
El Expediente S-47/23 Alcance I, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria correspondiente al Anticip o Financiero y Certificado N° 1 de la obra: “Ampliación Edilicia en EEE N° 502", Licitación Pública Nº 3/23, adjudicada a la empresa Talleres B. J. Irrazabal S.A. mediante Decreto Nº 373/2023; y
Considerando
Que la Secretaría de Obras y Planeamiento informa que por Ordenanza N° 4220 la Municipalidad de Coronel Rosales adhiere al Decreto 290/2021 y sus normas modificatorias y/o complementarias del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Que la fecha de apertura de licitación fue el 21/6/2023 y del contrato es 31/7/2023, con un Plazo de Obra de 180 días. –
Que la mencionada Secretaría ha analizado las presentaciones de las redeterminaciones de precios provisorias de la empresa Talleres B. J. Irrazabal S.A., las cuales fueron presentadas en los plazos legales previstos por la Ordenanza N° 4220.-
Que al ANTICIPO FINANCIERO se le realiza análisis con los índices correspondientes al mes de agosto de 2023 Se informa que la Fecha de facturación del Anticipo Financiero fue 10/8/2023; la Fecha de Publicación de los índices del mes agosto fue octubre de 2023; la Fecha de Presentación de la empresa, el 9/10/2023.-
Que la Secretaría de Obras y Planeamiento sugiere que la redeterminación deberá aprobarse por el monto de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 2.989.597,19), de lo que deberá retenerse el 5% correspondiente a la garantía de fondo de reparo.
Que al CERITFICADO DE AVANCE N°1 se le realiza análisis con los índices correspondientes al mes de agosto de 2023. Se informa que el Mes de ejecución de los trabajos fue Agosto de 2023; la Fecha de Certificación, el 1 de septiembre de 2023; la Fecha de Publicación de los índices, el 29/09/2023; la Fecha de Presentación de la empresa, el 9/10/2023; y el Porcentaje de Avance con respecto a la curva de inversiones, es del 11.49%. -
Que la Secretaría de Obras y Planeamiento sugiere que la redeterminación del Certificado N° 1 deberá aprobarse por el monto de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y CINCO CON TRES CENTAVOS ($ 1.374.085,03), de lo que deberá retenerse el 5% correspondiente a la garantía de fondo de reparo.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente Alcance y el principal, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del ANTICIPO FINANCIERO y CERTIFICADO DE AVANCE N° 1 de la obra "Ampliación Edilicia en EEE N° 502", el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades. - DECRETA
ARTÍCULO 1º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de precios del Anticipo Financiero presentado por la empresa TALLERES B. J. IRRAZABAL S.A. de la obra: “Ampliación Edilicia en E.E.E. N° 502", por un monto de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 2.989.597,19) en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. S-47/23 y su Alcance N° 1.-
ARTÍCULO 2º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de precios del Certificado de Avance de Obra N° 1 presentado por la empresa TALLERES B. J. IRRAZABAL S.A. de la obra “Ampliación Edilicia en EEE N° 502", por un monto de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y CINCO CON TRES CENTAVOS ($ 1.374.085,03) en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. S-47/23 y su Alcance N° 1.-
ARTÍCULO 3º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida del Fondo Municipal de Financiamiento Educativo (Código 132), del Presupuesto de Gastos vigente. -
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Obras y Planeamiento. -
ARTÍCULO 5º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Economía y de Gobierno, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese en la forma de estilo a la firma contratista. Hecho, resérvese.
DECRETO Nº636/2023