Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 616/2023
Coronel Rosales, 17/10/2023
Visto
Las actuaciones obrantes en el expediente D-112/23, Y
Considerando
Que resulta innegable el rol esencial que CINDI (Centro Integral del Discapacitado) tiene en nuestra comunidad y su vocación por el abordaje y atención de problemáticas de extrema dificultad como es la asistencia de personas con capacidades diferentes.-
Que el valioso objeto de la mencionada entidad consiste en brindar a jóvenes y adultos con limitaciones en sus capacidades ya sea intelectuales, motoras o sensoriales un espacio de contención y atención terapéutica, recreacional y laboral entendiéndose valioso cualquier aporte que el Municipio pueda hacer en tal sentido para el mejoramiento de todos los aspectos que conforman el día a día de dicha loable labor.-
Que se han mantenido a lo largo del tiempo diversas conversaciones y tratativas con las autoridades de la entidad en busca de la mejor manera establecer acciones conjuntas entre las partes que confluyan en beneficios para la comunidad rosaleña.-
Que resulta de sumo interés para esta Administración poder continuar con la transformación de espacios disponibles viéndose altamente positivo que el inmueble a afectarse a este proyecto con CINDI se destine a la atención y servicios que la entidad brinda para tan delicada cuestión.-
Que a lo dicho debe adicionarse además que revalorización del sector afectado y su incorporación a la vida social y terapéutica de la comunidad asimismo evitará consecuencias no deseadas de sostener espacios de este tipo desocupados y ociosos.-
Por ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, en uso de sus facultades; DECRETA
ARTÍCULO 1º: Otorgar a CINDI – Centro Integral del Discapacitado la tenencia precaria del inmueble de propiedad municipal sito en calle Colón Nro. 235 de Punta Alta en las condiciones detalladas en el Convenio de Entrega de Tenencia Precaria a suscribirse y que como Anexo forman parte del presente.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese a la entidad interesada que deberá concurrir por intermedio de representante legal o apoderado dentro de los cinco (5) días contados a partir de la notificación del presente Decreto para la suscripción del pertinente Acta de Otorgamiento de Tenencia Precaria.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 4º: Regístrese. Tomen conocimiento todas las Secretarías, déjese constancia de ello y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a la entidad interesada. Hecho, resérvese.-
DECRETO Nº616/2023
ANEXO
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