Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº602/2023

Decreto Nº 602/2023

Coronel Rosales, 09/10/2023

Visto

Las actuaciones promovidas en el Expte. P-49/23, la nota presentada por el equipo de Pastoral de Juventudes de Punta Alta, y

Considerando

Que el mismo está conformado por jóvenes de distintas comunidades y movimientos católicos del partido de Coronel Rosales quienes tienen como finalidad la formación y acompañamiento integral de los jóvenes no católicos, a través de procesos pastorales, actividades y eventos.-

Que los días 1, 2 y 3 de diciembre se realizará el Campamento de la Pastoral de Juventudes de Punta Alta en la localidad de Villa Ventana, en la casa de San Francisco.-

Que este campamento reunirá a jóvenes, a partir de los 15 años, de distintas comunidades, grupos y movimientos de nuestra localidad.-

Que dicho campamento pretende reunir a los jóvenes para que se conozcan, compartan, estrechen lazos, disfruten y compartan la plenitud de su juventud, así como también aspira a movilizar a la comunidad rosaleña, a reafirmar los ánimos de entusiasmo y esperanza sembrados en la juventud que participe de esta propuesta.-

Que habiendo tomado conocimiento la Sra. Secretaria de Coordinación y Gestión autoriza un subsidio.-

Que en consecuencia se procede al dictado del acto administrativo pertinente.-

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, en uso de sus facultades; DECRETA

ARTICULO 1º.- Otorgar un subsidio a favor del Pastoral de Juventudes de Punta Alta , por la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00.-) por lo expuesto en el CONSIDERANDO, debiendo dicho gasto imputarse a la Fuente de Financiamiento 110, Fondo 59.02.00.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Coordinación y Gestión.-

ARTICULO 3º.- Regístrese.- Tomen conocimiento las Secretarías de Economía, de Gobierno y la Dirección de Cultura, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Comuníquese a la entidad peticionante, gírese a la Contaduría General a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente. Cumplido, pase a Tesorería Municipal para su pago.- Hecho archívese.-

DECRETO Nº602/2023