Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 589/2023
Coronel Rosales, 29/09/2023
Visto
Las actuaciones obrantes en el expediente H17/23, lo dispuesto por el Art. 156 inc. 1 de la LOM, la solicitud elevada por el Administrador del Hospital Municipal con fecha agosto de 2.023, Y
Considerando
Que según indica desde el Área de Cirugia y desde la Secretaría de Salud resulta necesaria la contratación de servicio alquiler de un equipo Mesa de anestesia modelo Fabius Plus XL a fin de dar debida cobertura al Área de Cirugia Esteril del Hospital Municipal.
Que en la actualidad se cuenta con un único proveedor de este servicio el cual brinda un servicio de exclusividad adecuado a las necesidades de nuestro nosocomio, resultando la misma de tal particularidad que resulta inviable sustituirla convenientemente por otra de similares características siendo que, además, esto conllevaría un proceso de transición si la posibilidad de prestar el servicio en nuestro Hospital. -
Que el proveedor indicado cuenta con equipamiento y personal idóneo para la cobertura del servicio. -
Que así resulta de aplicación el art. 156 inc. 1 de la Ley Orgánica Municipal y, con ello, avanzar en la presente contratación directa para la cobertura del servicio requerido por la Secretaría de Salud. -
Que en virtud de lo previsto por los Arts. Arts. 151, 156 inc. 1 de la LOM resulta viable la Contratación de referencia. -
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA
ARTICULO 1º: Autorizase la Contratación Directa con la firma “DROGUERIA IB SA .” para la prestación del servicio de alquiler de equipo MESA DE ANESTESIA MODELO FABIUS PLUS XL por el transcurso de los meses de octubre noviembre y diciembre de 2.023 y por la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($2.785.455.-), ello con sujeción a las condiciones y detalles emergentes de la Solicitud de Pedido Nº 3024/23 obrante en estas actuaciones.-
ARTICULO 2º: Facúltase al Departamento de Compras Municipal, a la Tesorería Municipal y a la Contaduría a efectuar las adecuaciones contables necesarias. -
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Economia. -
ARTICULO 4º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Salud. Déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a la firma interesada. Gírese a Contaduría General, Departamento de Compras y Tesorería Municipal para su cumplimiento. - Hecho, resérvese. -
DECRETO Nº589/2023