Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 575/2023
Coronel Rosales, 28/09/2023
Visto
Las actuaciones obrantes en el expediente H-19/23, lo dispuesto por el Art. 156 inc. 1 de la LOM, la solicitud elevada por el administrador del hospital municipal con fecha agosto de 2023, Y
Considerando
Que según indica desde la Secretaría de Salud resulta necesaria la contratación de servicio de emergencias médicas para la prestación de asistencia médica de urgencias y traslados a fin de dar debida cobertura al sistema de salud y emergencias con que el Municipio cuenta. -
Que en la actualidad se cuenta con un único proveedor de este servicio en la ciudad (Alerta S.A.) resultando la misma de tal particularidad que resulta inviable sustituirla convenientemente por otra de similares características siendo que, además, no se cuenta con dicha posibilidad. -
Que el proveedor indicado cuenta con equipamiento y personal idóneo para la cobertura del servicio. -
Que así resulta de aplicación el art. 156 inc. 1 de la Ley Orgánica Municipal y, con ello, avanzar en la presente contratación directa para la cobertura del servicio de emergencias médicas requerido por la Secretaría de Salud. -
Que en virtud de lo previsto por los Arts. 151, 156 inc. 1 de la LOM resulta viable la Contratación de referencia. -
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades; DECRETA
ARTICULO 1º: Autorizase la Contratación Directa con la firma “ALERTA S.A.” para la prestación del servicio de emergencias médicas, de asistencia médica de urgencias y traslados más afiliados PAMI por el transcurso de los meses de octubre noviembre y diciembre de 2023 y por la suma de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL ($6.786.000,00.-), ello con sujeción a las condiciones y detalles emergentes de la Solicitud de Pedido Nº 3251 y 3253/23 obrante en estas actuaciones.-
ARTICULO 2º: Facúltase al Departamento de Compras Municipal, a la Tesorería Municipal y a la Contaduría a efectuar las adecuaciones contables necesarias. -
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Economía. -
ARTICULO 4º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Gobierno. Déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a la firma interesada. Gírese a Contaduría General, Departamento de Compras y Tesorería Municipal para su cumplimiento. - Hecho, resérvese. -
DECRETO Nº575/2023