Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº569/2023

Decreto Nº 569/2023

Coronel Rosales, 25/09/2023

Visto

Las actuaciones obrantes en el expediente S-129/23, la solicitud efectuada por Scouts de Argentina Asociación Civil – Distrito Nº 1 – Zona 13 Bs. As. Sur con relación al otorgamiento en comodato de inmueble de propiedad municipal para su uso por parte de la entidad, Y

Considerando

Que mediante nota de fecha 06 de Septiembre de 2.023 Scouts de Argentina Asociación Civil - Distrito Nº 1 – Zona 13 Bs. As. Sur presentó solicitud tendiente a obtener el otorgamiento en comodato de inmueble de propiedad municipal para su utilización por parte de la entidad.-

En su solicitud presentan y describen las acciones que desde el Distrito Scout Nº 1 como Comunidad Educativa se encuentran llevando a cabo dentro de la Comunidad Rosaleña generando participación activa por parte de nuestra comunidad.-

Que resultan de suma importancia social y comunitaria las actividades y acciones que llevan adelante en forma contínua e ininterrumpida las diversas Agrupaciones Scouts siendo innegable su valioso aporte a la sociedad.-

En este marco fundan su petición en la implementación, desarrollo y continuidad del programa presentado por la Organización denominado “Proyecto de Involucramiento Comunitario” a cargo del Distrito Nº 1 Zona 13 – Bs. As. Sur.-

Que es de sumo interés para esta Administración poder continuar colaborando con las diversas organizaciones de nuestra comunidad viéndose altamente positivo facilitar el proyecto comunitario presentado.-

Por ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, en uso de sus facultades; DECRETA

ARTÍCULO 1º: Otorgar a los Scouts de Argentina Asociación Civil en comodato gratuito el ubicado en calle Humberto Nro. 289 de Punta Alta, identificado catastralmente como Circ. VI, Sec. A, Mza. 48, Parc. 24. Partida de Contribuyentes Nro. 3191 del Partido de Coronel Rosales y en las condiciones detalladas en el Convenio a suscribirse y que como Anexo forma parte del presente.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese a la entidad interesada que deberá concurrir por intermedio de representante legal o apoderado dentro de los cinco (5) días contados a partir de la notificación del presente Decreto para la suscripción del pertinente Convenio.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.-

ARTICULO 4º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Coordinación y Gestión y de Obras Públicas y Planeamiento, déjese constancia de ello y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a la entidad interesada. Hecho, resérvese.-

DECRETO Nº569/2023

Anexos

ANEXO I

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