Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2825
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/10/2023
Visto la nota presentada a fs. 2 por la agente María Teresa RAMIREZ, D.N.I. 16.170.615, C.U.I.L. 27-16170615-4, legajo Nº 11.282, dependiente de la Dirección de Servicios Cooperativos (oficina n° 249) – Secretaría de Economía, a efectos de acogerse a los beneficios jubilatorios, a la solicitud de anticipo jubilatorio y al pago de retribución especial por treinta (30) años, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución Nº 2426/2023 de fecha 13 de septiembre de 2023 obrante a fs. 18/19, en su Articulo N° 2 establece: "Hagase saber a María Teresa RAMIREZ, legajo Nº 11.282, que deberá presentar la correspondiente renuncia a su puesto de trabajo a partir del día 1 de octubre de 2023 a los fines de acogerse al beneficio jubilatorio, bajo apercibimiento de disponer su cesantía de conformidad con lo establecido por la normativa vigente.-;"
Que, a fs. 20/21 la agente Ramirez presenta nota informando que la Resolución 2426/2023 contiene datos inexactos y solicita que el Departamento Personal informe el proporcional de vacaciones 2023 para tener una fecha cierta de cese;
Que a fs. 23 informa que la agente en cuestión posee 35 días de licencia anual pendientes del año 2022 y un proporcional de 29 días correspondientes a la licencia anual del año 2023 y 1 franco compensatorio;
Que a fs. 27 la Dirección General de Capital Humano dictamina: "(...) Atento los antecedentes señalados, esta Dirección General de Capital Humano, como primera medida confirma el criterio sostenido en el informe de fs. 16/17 en lo relativo a que la agente Ramirez se encuentra en condiciones de acceder a la jubilación por edad avanzada, conforme lo prescripto por el art. 35 del Decreto-Ley 9650/80, y que en función de ello ha perdido la estabilidad propiamente dicha por los fundamentos allí expuestos, a los que me remito en honor a la brevedad.
Ahora bien, en virtud de lo expuesto, y sin perjuicio que el cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio jubilatorio tiene como consecuencia legal la perdida de la estabilidad en el cargo, corresponde a la superioridad por cuestiones de oportunidad, merito y conveniencia, evaluar y resolver permanencia o no de dicha agente hasta tanto agote los días de licencia pendientes y el franco compensatorio en los términos informados (...)"
Que a fs. 28 el Director de Servicios Cooperativos da el Visto Bueno a lo solicitado por la agente respecto a las fechas para agotar las licencias y franco pendientes;
Por ello, el SECRETARIO DE ECONOMIA, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 182º de la Ley Orgánica de la Municipalidades:
RESUELVE
ARTICULO 1º): Dejar sin efecto la Resolución N° 2426/2023 de fecha 13 de septiembre del corriente, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.
ARTICULO 2: Hágase saber a María Teresa RAMIREZ, legajo Nº 11.282, que deberá presentar la correspondiente renuncia a su puesto de trabajo a partir del día 5 de diciembre de 2023 a los fines de acogerse al beneficio jubilatorio, bajo apercibimiento de disponer su cesantía de conformidad con lo establecido por la normativa vigente.-
ARTICULO 3º): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Personal, Direccion General de Capital Humano, y demas dependencias intervinientes, hecho, ARCHIVESE.