Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1908/23

Decreto Nº 1908/23

Mar Chiquita, 27/10/2023

Visto

La solicitud efectuada por el Secretario de Turismo y Cultura a efectos se declare de Interés Municipal el “CIERRE DE ACTIVIDADES CULTURALES 2023” y

Considerando

Que dicho Cierre de Actividades Culturales se realizará durante los meses de noviembre y diciembre del corriente año en las diferentes localidades de nuestro partido, con las fechas detalladas a continuación;

  • 23 de noviembre - IMCA Coronel Vidal.
  • 24 de noviembre - IMCA General Piran.
  • 30 de noviembre - Centro Cultural “Oscar Sestelo” Coronel Vidal.
  • 01 de diciembre - Centro Cultural “Las Chilcas” Vivorata.
  • 02 de diciembre - CENTRO Cultural Santa Clara del Mar.
  • 03 de enero Centro Cultural - “Eduardo C. Viglietti” General Piran.

           Que todos los años, se realizan las muestras de todos los talleres brindados para que la familia, vecinos y vecinas del partido de Mar Chiquita puedan contemplar el trabajo realizado culturalmente durante el año y disfrutar de un día con danza, música y arte;

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DECLARASE, de INTERÉS MUNICIPAL la “CIERRE DE ACTIVIDADES CULTURALES 2023” a realizarse el 23 de noviembre en el IMCA de Coronel Vidal, 24 de noviembre en el IMCA de General Piran, 30 de noviembre en el Centro Cultural “Oscar Sestelo” de Coronel Vidal, 01 de diciembre en el Centro Cultural “Las Chilcas” de Vivorata, 02 de diciembre en el CENTRO Cultural de Santa Clara del Mar y el 03 de enero en el Centro Cultural “Eduardo C. Viglietti” de General Piran del corriente año atento a los considerandos del presente.

ARTICULO 2º: AUTORIZASE, a abonar los gastos que demanden las actividades citadas en el Artículo 1º según el siguiente detalle:

  • Servicio fotográfico y filmación.
  • Contratación de artistas.
  • Alquiler de escenario, sonido e iluminación.
  • Alquiler de carpas y gazebos.
  • Catering.
  • Productos descartables.
  • Traslados varios.
  • Locución.
  • Material de librería.
  • Gráfica y Cartelería.
  • Obsequios.
  • Productos alimenticios.

ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Turismo y Cultura Montes German Gustavo y por el Secretario General Interino Ad Honorem Sr. Marcelo A. Pigliacampo.

ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE, a quienes corresponda. Regístrese, publíquese y archívese.