Boletines/Tandil

Decreto Nº3807/2023

Decreto Nº 3807/2023

Tandil, 17/10/2023

Visto

La Obra pública municipal “Pavimentación y cruces de calle para conectividad con ruta 226 – Programa de sostenimiento de la red troncal”, que tramita mediante expediente electrónico municipal n° EX2022-00143710- MUNITAN-DCS#SEA.

Considerando

Que mediante Convenio de Financiamiento, la Dirección Nacional de Vialidad se compromete a otorgar recursos financieros en el marco del “Programa de Sostenimiento de Redes Conexas para el Fortalecimiento de la Red Troncal Nacional” para la ejecución de la mencionada obra por hasta la suma de pesos ciento cuarenta y nueve millones trescientos sesenta y dos mil seiscientos cuarenta con sesenta y cuatro centavos ($149.362.640,64), mientras que el Municipio de Tandil se obliga a realizar todas las tareas de diseño del proyecto, contratación y control de ejecución de la construcción, emisión de los actos administrativos indispensables, rendición de fondos recibidos y cobertura de costos no incluidos en el proyecto originalmente aprobado.

Que a través de Decreto n° 1318/2023 (DECTO-2023-1318-MUNITAN-INT) se decidió adjudicar la ejecución de la Obra a la firma GALIZIO CONSTRUCCIONES S.R.L. por la suma de pesos ciento cuarenta y nueve millones trescientos sesenta y dos mil seiscientos cuarenta con sesenta y cuatro centavos ($149.362.640,64), con un anticipo financiero por un importe de pesos veintidós millones cuatrocientos cuatro mil trescientos noventa y seis con diez centavos ($ 22.404.396,10).

Que se procedió a registrar contablemente los compromisos emergentes del contrato suscripto con la empresa proveedora, emitiéndose Registro de Compromiso n° 6910 por la suma de pesos ciento veintiséis millones novecientos cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y cuatro con cincuenta y cuatro centavos ($126.958.244,54) y n° 6913 por la suma de pesos veintidós millones cuatrocientos cuatro mil trescientos noventa y seis con diez centavos ($ 22.404.396,10) con fuente de financiamiento 133 -de origen nacional.

Que, cumplido los recaudos previos correspondientes se procedió a emitir Orden de Pago n° 5299 por la suma de pesos veintidós millones cuatrocientos cuatro mil trescientos noventa y seis con diez centavos ($ 22.404.396,10) en concepto de anticipo financiero a favor de la firma adjudicataria.

Que, transcurrido el primer mes de trabajo, y previa verificación por parte del área correspondiente municipal, se emitió el Certificado de obra n°1 por la suma de pesos veintiséis millones setecientos sesenta y un mil setecientos ochenta y ocho con sesenta y cinco centavos ($26.761.788,65), emitiéndose la Orden de Pago n° 8230 por una suma idéntica a la anterior en concepto de cancelación total del Certificado de obra n°1.

Que, transcurrido el segundo mes de trabajo, y previa verificación por parte del área correspondiente municipal, se emitió el Certificado de obra n°2 por la suma de pesos veinte millones cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y tres con cincuenta y seis centavos ($20.054.443,56), emitiéndose la Orden de Pago n° 9995 por una suma idéntica a la anterior en concepto de cancelación total del Certificado de obra n°2.

Que, transcurrido el tercer mes de trabajo, y previa verificación por parte del área correspondiente municipal, se emitió el Certificado de obra n°3 por la suma de pesos dieciséis millones novecientos cincuenta y cinco mil novecientos treinta y tres con ochenta y cinco centavos ($16.955.933,85), emitiéndose la Orden de Pago n° 12590 por una suma idéntica a la anterior en concepto de cancelación total del Certificado de obra n°3.

Que, transcurrido el cuarto mes de trabajo, y previa verificación por parte del área correspondiente municipal, se emitió el Certificado de obra n°4 por la suma de pesos veinticuatro millones ochocientos noventa y tres mil quinientos cincuenta con sesenta y dos centavos ($24.893.550,62), emitiéndose la Orden de Pago n° 13152 por una suma idéntica a la anterior en concepto de cancelación total del Certificado de obra n°4.

Que, hasta la fecha de emisión del presente Decreto, se ha producido el efectivo ingreso de una parte de los fondos comprometidos oportunamente por la Dirección Nacional de Vialidad, a través de una transferencia en concepto de anticipo financiero por la suma de pesos veintidós millones cuatrocientos cuatro mil trescientos noventa y seis con diez centavos ($22.404.396,10) equivalente al quince por ciento (15%) del total con más la suma de pesos cuarenta y seis millones ochocientos dieciséis mil doscientos treinta y dos con veintidós centavos ($46.816.232,22) en concepto de reembolso de los certificados n° 1 y 2 abonados, totalizando un importe de pesos sesenta y nueve millones doscientos veintidós mil seiscientos veintiocho con treinta y dos centavos ($69.220.628,32); esperándose que se concrete en breve nuevas transferencias de fondos a partir del avance registrado en las tramitaciones y rendiciones correspondientes.

Que surge de lo anterior, que las sumas ingresadas a la fecha en el marco del Convenio oportunamente firmado resultan insuficientes para afrontar el pago de las órdenes de pago ya emitidas a favor de la firma a cargo de la ejecución de la obra.

Que corresponde abonar a la firma proveedora GALIZIO CONSTRUCCIONES S.R.L. el importe de los Certificados a generarse, en cumplimiento del art. 75 del Pliego de Bases y Condiciones, sin perjuicio de la situación descripta en el párrafo anterior.

Que el Municipio de Tandil cuenta con fondos suficientes de libre disponibilidad para hacer frente transitoriamente a las obligaciones emergentes de pago de la presente Obra.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Autorícese al Tesorero Municipal a disponer transitoriamente de fondos de libre disponibilidad para el pago de los certificados n° 3 y 4 de la Obra pública municipal “Pavimentación y cruces de calle para conectividad con ruta 226 – Programa de sostenimiento de la red troncal” que tramita mediante expediente electrónico municipal n° EX2022-00143710-MUNITAN-DCS#SEA, a favor de la firma GALIZIO CONSTRUCCIONES S.R.L., hasta tanto se produzcan nuevos ingresos de fondos comprometidos por parte de la Dirección Nacional de Vialidad.

Artículo 2°: Ordénese al Tesorero Municipal proceder al reintegro de fondos de libre disponibilidad en la respectiva cuenta bancaria de recursos ordinarios, una vez que se produzca el efectivo ingreso de fondos por parte de la Dirección Nacional de Vialidad comprometidos oportunamente mediante la firma del Convenio de Financiamiento en el marco del “Programa de Sostenimiento de Redes Conexas para el Fortalecimiento de la Red Troncal Nacional”.

Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, pase a Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, Tesorería y oportunamente pase a "Guarda Temporal".

Firma Digital: Claudio Alberto Biset (Secretario)        -            Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                   Secretaría de Economía y Administración     -                        Intendencia