Boletines/General Viamonte

Decreto Nº184

Decreto Nº 184

General Viamonte, 08/05/2018

     D  E  C  R  E  T  O  N* 184/2018.-

Visto

                  La nota presentada por la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de General Viamonte, Act. Ana Paula Cascallar; y

Considerando

                Que mediante la misma solicita una ayuda económica destinada a los Clubes de la Liga Toldense de Fútbol que están participando en el Campeonato Interligas de Inferiores con la Liga Chacabuquense de Fútbol.-

               Que dichos Clubes cumplen un rol de contención muy importante para los chicos que concurren a los mismos (400 aproximadamente), ya que permanentemente se interrelacionan con otros pares, compartiendo mas allá de la sana competencia, momentos y lazos de amistad, permitiendo de esta manera una mejor educación y sociabilidad entre los mismos.-

                  Que es función de éste Gobierno atender dentro de sus posibilidades todas las necesidades de las distintas Instituciones del Partido de General Viamonte.-

                   Por ello;

       El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO;

      D    E    C    R    E    T    A    :

 

Artículo 1°.-Otorgase a “ VIAMONTE FÚTBOL CLUB”, en la persona de su Presidente Sr. Daniel LÓPEZ, DNI.  27.116.437, un Subsidio por la suma de Pesos TREINTA MIL ($ 30.000,00); por los supuestos invocados en el exordio.-

Artículo 2°.-Otorgase al “ CLUB ATLÉTICO IGNACIO COLIQUEO”, en la persona de su Presidente Sr. Roberto Saúl PENNA, DNI.  10.310.202, un Subsidio por la suma de Pesos TREINTA MIL ($ 30.000,00); por los supuestos invocados en el exordio.-

Artículo 3°.-Otorgase al “ CLUB DEPORTIVO ALSINA”, en la persona de su Presidente Sr. Ariel Omar LEZAETA, DNI.  22.661.303, un Subsidio por la suma de Pesos TREINTA MIL ($ 30.000,00); por los supuestos invocados en el exordio.-

Artículo 4°.-Otorgase al “ CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE”, en la persona de su Presidente Sr. Pablo Saúl ZANASSI, DNI. 26.525.008 , un Subsidio por la suma de Pesos TREINTA MIL ($ 30.000,00); por los supuestos invocados en el exordio.-

Artículo 5°.- La erogación que determina el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 1°, 2°, 3° y 4° deberá imputarse a:

1110100000            Departamento Ejecutivo

1110101000            Conducción Superior                        

01.02.00                  Subsidio al Sector Público y Privado

5170                        Transf. a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de Lucro

Artículo 6°.- VIAMONTE FÚTBOL CLUB, CLUB ATLÉTICO IGNACIO COLIQUEO, CLUB DEPORTIVO ALSINA y CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE, deberán rendir cuentas del Subsidio recibido a la Municipalidad, a efectos de su rendición ante el Tribunal de Cuentas, conforme lo establece el art. 17 del Anexo I del Decreto provincial N° 467/07.

Artículo 7°.- Comuníquese, tome razón quiénes corresponda, dése al Registro Oficial Municipal de Decretos, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-