Boletines/Mercedes

Resolución Nº274/2023

Resolución Nº 274/2023

Mercedes, 31/08/2023

Visto

Que en el marco del Expediente N° 5707 del año 2020, caratulado: “DEANDRES LUCILA S/ PROGRAMA “MI TERRENO”, y,

Considerando

Que con fecha 25 de agosto de 2020, la Sra. DEANDRES Lucila se acerca a esta Dirección a los fines de solicitar ser incorporada al Programa “Mi Terreno” acompañando copia del DNI y CUIL;

Que según surge del sistema de expedientes municipales mediante el N° 4075-229/2023 caratulado: “SOLICITA INCORPORAR AL PATRIMONIO MUNICIPAL POR LEY 24320 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE LEY EL INMUEBLE PARTIDA INMOBILIARIA 15461 POSEEDOR DEANDRES LUCILA BELEN DNI 41103205”, la Sra. DANDRES solicita una Regularización Dominial, presentando una cesión de derechos posesorios sobre el inmueble cuya nomenclatura catastral es Circunscripción II, Sección A, chacra 76, manzana 76 E, parcela 7; partida N° 15461.-

Que conforme al inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017 para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…).”

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que,

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de la Sra. DEANDRES Lucila Belén con DNI 41.103.205 al Programa “Mi Terreno” por incumplimiento del inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…)”.-

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65, 86 y 89 de la Ordenanza General N° 267.-

Artículo 3°: Previo archivo, realizase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-