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Resolución Nº260/2023

Resolución Nº 260/2023

Mercedes, 23/08/2023

Visto

Lo solicitado en el Expedientes 318/21, caratulado: “Bereterbide Juan María s/ Prescripción de deuda”; y

Considerando

Que el Art. 278 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Ley 12076), y la legislación concordante aplicable, establecen que las deudas de los contribuyentes prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse, habiendo transcurrido largamente el plazo prescripto.

En tales condiciones, este Departamento Ejecutivo.

R  E  S  U  E  L  V  E:

ARTÍCULO 1º. DECLARAR PRESCRIPTA la deuda correspondiente a los inmuebles que se detallan a continuación:

  1. Inmueble Nº 651900

 

Circunscripción: 1

Sección: C

Manzana: 298

Parcela: 6F

TASAS

PERIODOS

Servicios Generales

03/13 a 06/15;01/16

Servicios Sanitarios

03,05 y 06/13; 01/14 a 06/15;01/16

 

  1. Inmueble Nº 5390412

 

Circunscripción: 1

Sección: B

Manzana: 172

Parcela: 10A

Subparcela: 12

TASAS

PERIODOS

Servicios Generales

03 y 04/09; 01,02,04,06/11; 02 y 06/12; 01 y 02/13; 01/14 a 06/15;01/16

 

 

 

Servicios Sanitarios

03 y 04/09; 01,02,04,06/11; 02 y 06/12; 01, 02 y 06/13; 01/14 a 06/15;01/16

 

  1. Inmueble Nº 8027155

 

Circunscripción: 2

Sección: B

Chacra: 145

Parcela: 2A

TASAS

PERIODOS

Servicios Generales

02/10 a 06/15

Conservación, Mejora y Reparación de la Red Vial

01 a 04/10; 01 a 04/11

 

ARTÍCULO 2º. Dése intervención al Centro de Cómputos a los fines de efectivizar la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º. Notifíquese al peticionante. Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.