Boletines/Mercedes
Resolución Nº 260/2023
Mercedes, 23/08/2023
Visto
Lo solicitado en el Expedientes 318/21, caratulado: “Bereterbide Juan María s/ Prescripción de deuda”; y
Considerando
Que el Art. 278 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Ley 12076), y la legislación concordante aplicable, establecen que las deudas de los contribuyentes prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse, habiendo transcurrido largamente el plazo prescripto.
En tales condiciones, este Departamento Ejecutivo.
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º. DECLARAR PRESCRIPTA la deuda correspondiente a los inmuebles que se detallan a continuación:
Circunscripción: 1 |
Sección: C |
Manzana: 298 |
Parcela: 6F |
TASAS |
PERIODOS |
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Servicios Generales |
03/13 a 06/15;01/16 |
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Servicios Sanitarios |
03,05 y 06/13; 01/14 a 06/15;01/16 |
Circunscripción: 1 |
Sección: B |
Manzana: 172 |
Parcela: 10A |
Subparcela: 12 |
TASAS |
PERIODOS |
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Servicios Generales |
03 y 04/09; 01,02,04,06/11; 02 y 06/12; 01 y 02/13; 01/14 a 06/15;01/16
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Servicios Sanitarios |
03 y 04/09; 01,02,04,06/11; 02 y 06/12; 01, 02 y 06/13; 01/14 a 06/15;01/16 |
Circunscripción: 2 |
Sección: B |
Chacra: 145 |
Parcela: 2A |
TASAS |
PERIODOS |
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Servicios Generales |
02/10 a 06/15 |
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Conservación, Mejora y Reparación de la Red Vial |
01 a 04/10; 01 a 04/11 |
ARTÍCULO 2º. Dése intervención al Centro de Cómputos a los fines de efectivizar la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º. Notifíquese al peticionante. Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.