Boletines/Mercedes
Resolución Nº 219/2023
Mercedes, 01/08/2023
Visto
Que en el marco del Expediente N° 3041 del año 2021, caratulado: “CARINI MARIA LUCILA S/ PROGRAMA “MI TERRENO”, quien solicita ingresar junto al Sr. CODEGA Eduardo facundo; y,
Considerando
Que para determinar el cumplimiento de requisitos se procedió a consultar si los inscriptos en autos registran titularidad mediante Índice de Titulares a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad;
Que del resultado obrante a fs. 16, surge un inmueble a nombre del Sr. CODEGA Eduardo Facundo con DNI 38.820.363, en el partido de Mercedes (71) cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción 1, sección A, manzana 49, parcela 1 A. Partida N° 7636.-
Que por tal motivo se procedió a enviar cédula notificada el 28 de julio de 2023 adjuntando Resolución que deniega la incorporación de la Sra. Carini Maria Lucila y el Sr. Codega Eduardo Facundo al Programa Mi Terreno por incumplimiento del inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual refiere que: para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas: 2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios.”
Que en respuesta a la notificación enviada, el día 31 de julio de 2023 se presentó en esta Dirección el Sr. Codega Eduardo Facundo expresando su deseo de renunciar al Programa Mi Terreno, atento a que ya no mantiene relación con la Sra. Carini María Lucila;
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, en mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que,
RESUELVO:
Artículo 1°: Considerar válido el descargo y aceptar la renuncia al Programa “Mi Terreno” del Sr. CODEGA EDUARDO FACUNDO con DNI 38.820.363 y declarar la continuidad de la Sra. CARINI MARIA LUCILA con DNI 43.247.739 atento a que no resuelve la problemática habitacional.
Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65, 86 y 89 de la Ordenanza General N° 267.-
Artículo 3°: Previo archivo, procédase a modificar listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-