Boletines/Mercedes

Decreto Nº1982/2023

Decreto Nº 1982/2023

Mercedes, 31/08/2023

Visto

El Decreto n° 1891 de adjudicación de la Licitación Pública n° 35/2023 s/ la adquisición de víveres secos, obrante en Expte. n° 2870/2023 y;

Considerando

Que por el decreto pre-citado se adjudicaron los bienes de la Licitación Pública n° 35/2023 sobre la compra de víveres secos destinados a asistencia social.

Que, por error involuntario, no se tuvo en consideración tener en cuenta el beneficio del 5% establecido para proveedores locales, según lo previsto en el art. 156 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. En consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente a fin de aclarar y modificar dicho error.

Que, por lo expuesto, en uso de sus facultades que le son propias, el Señor Intendente Municipal;

DECRETA:

ARTÍCULO 1) RECTIFÍQUESE el Artículo 1°) del Decreto n° 1891 Folios n° 2330/2331 Libro n° 57, por el texto que se detalla a continuación:

  • ARTICULO 1º) ADJUDICASE a la firma ROBERTO LEANDRO MANUEL por un total de $9.575.000,00 (Pesos nueve millones quinientos setenta y cinco mil con 00/100 centavos) la compra de ÍTEM N° 2: Tetra pack de arvejas de 300 gs, ÍTEM N° 3: Paquetes de arroz tipo grano largo blanco, por kilo, ÍTEM N°7: Paquetes de lentejas secas, en presentaciones de 400 gs ÍTEM N° 10: Latas de choclo en grano x 340 gs, según lo especificado en el pliego de bases y condiciones.”

ARTÍCULO 2) RECTIFÍQUESE el Artículo 2°) del Decreto n° 1891 Folios n° 2330/2331 Libro n° 57, por el texto que se detalla a continuación:

  • “Artículo 2°) ADJUDICASE a la firma GESTCOM S.R.L. por un total de $27.330.180,00 (Pesos veintisiete millones trescientos treinta mil ciento ochenta con 00/100 centavos) la compra de los ítems los ÍTEM N° 1: Botellas de aceite de girasol de 900 cc (Art. 156 bis LOM), ÍTEM N° 4: Azúcar por kilo, es (Art. 156 bis LOM), ÍTEM N° 8: Paquetes de cacao, bajo contenido de azúcar por porción, en presentaciones de 400 grs, ÍTEM N° 9: Paquetes de galletitas dulces surtidas, en presentaciones de 360 grs, según lo especificado en el pliego de bases y condiciones.”

ARTÍCULO 3) Tómese razón, comuníquese a las áreas competentes y cumplido, archívese.