Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1971/2023
Mercedes, 30/08/2023
Visto
Las actuaciones del expediente Nº 3046/2023 referente a la Licitación Privada Nº 63/2023 de la Obra “CONSTRUCCION DE PILETA EN CLUB MUNICIPAL”; y,
Considerando
La necesidad llevar a cabo las obras tendientes a la CONSTRUCCION DE PILETA EN CLUB MUNICIPAL.
Que dicha necesidad acontece como etapa n° 1 del proyecto “Club Municipal Mercedes”, cuyo objetivo es ofrecer instalaciones a las cuales todos y todas puedan acceder para desarrollar actividades deportivas y recreativas, y donde, además, las familias encuentren un espacio innovador, atractivo y de intercambio para el disfrute, compartir y aprender conjuntamente.
Que se prevé la construcción de una pileta de 25 metros x 8 metros, apta para realizar actividades de natación.
Que dicha obra será financiada por el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, en pos de un convenio suscripto entre dicho ente y éste Municipio.
Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en el uso de las facultades legales que le son propias.
DECRETA:
Artículo 1: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones elaborado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en Expediente Municipal. Nº 3046/2023
Artículo 2: Procédase a realizarse el llamado a Licitación Privada Nº 63/2023 para la realización de la Obra “CONSTRUCCION DE PILETA EN CLUB MUNICIPAL”.
Artículo 3: Establézcase el Presupuesto Oficial en la suma Pesos dieciocho millones ochocientos setenta y dos mil quinientos sesenta con 00/100 ($18.872.560,00) - Mes base: julio 2023
Artículo 4: Debido al breve contenido de las condiciones particulares de la obra a realizarse, y teniendo en cuenta que se trata de un procedimiento de compra “Licitación Privada”, no se aplicará cargo al derecho de pliego, debiendo disponerse gratuitamente en la página web oficial de la Municipalidad de Mercedes.
Artículo 5: La apertura de las propuestas se realizará en la Municipalidad de Mercedes (B), el día 26 de septiembre del 2023 a las 10.00 (diez) horas, en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos o donde el Sr. Intendente Municipal designe.
Artículo 6: Regístrese, comuníquese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.