Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1905/2023
Mercedes, 23/08/2023
Visto
El Convenio de Asistencia con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires en el marco del sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales PBA-AFIP; el expediente municipal Nº 6660/2021 y el Decreto local nº 1499/22 y;
Considerando
Que, el sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales se presenta como una herramienta esencial de transparencia institucional, acceso a la información por parte de la población y buenas prácticas de ética pública;
Que, en ese sentido y tal como nos propusimos, es necesario avanzar en la consolidación de políticas de transparencia de la función pública,
Que, en esa línea, el municipio se halla incorporado como el primer municipio de la provincia en adoptar el nuevo sistema de presentación de Declaraciones Juradas Patrimoniales PBA – AFIP;
Que, el nuevo sistema de presentación de Declaraciones Juradas Patrimoniales PBA-AFIP optimizará los niveles de transparencia, resultando más ágil, confiable, seguro y universal;
Que, con ese fin, el municipio se encuentra impulsando acciones concretas con la cooperación de la Subsecretaría de Transparencia Institucional, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos;
Que, en ese sentido, recientemente se desarrolló una jornada de capacitación dirigida a la/os funcionarios/as con el objetivo de brindar las herramientas necesarias para realizar la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial sistema AFIP-PBA;
Que, se hace menester adecuar los plazos de vencimiento para la presentación de DDJJ anuales establecidos por la ley provincial Nº 15.000;
Que, en línea con lo expuesto, la fechas guardan correlación con el tipo de declaración jurada a presentar;
Que, la DDJJ Anual vence el próximo 31 de agosto de cada año;
Que, en ese sentido y de conformidad con las previsiones y potestades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades nº 6769/1958, la autoridad de aplicación por su propia dinámica puede establecer un plazo de prórroga;
Que, en cumplimiento con la normativa precedentemente citada, y en uso de facultades legales que son propias, el Señor Intendente Municipal:
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PRORRÓGUESE por TREINTA (30) días hábiles a partir de su vencimiento el plazo para presentar las Declaraciones Juradas Patrimoniales actualización Anual con el nuevo sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales AFIP-PBA.
ARTÍCULO 2°: La Autoridad de Aplicación del presente es la Secretaría de Gobierno, quien tendrá a su cargo la asistencia y la publicación de Declaraciones Juradas Patrimoniales AFIP-PBA en el Portal de Datos Abiertos.
ARTÍCULO 4°: Regístrese. Comuníquese. Hágase saber al Honorable Concejo Deliberante. Dese al Digesto General. Cumplido, archívese.-