Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1021
Magdalena, 28/07/2023
Visto
Los exptes letras C 449/23, C 488/23, C 489/23 mediante los cuales se tramita la contratación de diferentes profesores para la implementación del Proyecto “Talleres Municipales” y;
Considerando
Que se ha firmado el correspondiente contrato con los siguientes profesores:
KARINA BLANCO, DNI: 32.549.201, con domicilio en la calle Ruta n° 36 Campo La colmena de la Localidad de Vieytes , llevara a cabo el taller Municipal de ARTE PARA CHICOS a dictarse en la Estación Ferrocarril 4 horas semanales, por un monto de PESOS VEINTISIETE MIL ( $27.000) mensuales.-
WOORWARD MARIA JOSE DNI: 30.128.504 con domicilio en la calle Suipacha N° 2899 de la localidad de Magdalena , llevara a cabo el taller de LENGUA DE SEÑAS , a dictarse 2 horas semanales en el Palacio Municipal por un monto mensual de PESOS TREINTA Y SIETE MIL ($37.000) mensuales,
LILIANA ELVIRA AGUIRRE DNI: 63.746.77 con domicilio en la calle Brenan 1317 , llevara a cabo el taller de estimulación de la memoria , a dictarse 3 horas semanales en el Centro Cultural Municipal “ Abel Barragan” por un monto mensual de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000) mensuales
Que el periodo de práctica de los talleres de la contratación para la Sra. Aguirre Liliana y la Sra. Blanco K. es a partir del 24 de Abril al 30 de Noviembre de 2023 y para la Sra. WOODWARD María Kose es a partir del 17 de Abril al 20 DE Noviembre del 2023.-
Que se han emitido los certificados de Capacitación correspondientes al mes de JULIO.-
Que existe saldo disponible en la Partida correspondiente.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago en concepto las clases Dictadas en el mes de JULIO 2023, a los profesores: AGUIRRE LILIANA DNI: 63.746.77 Por un monto de pesos VEINTICINCO MIL ($25.000), BLANCO KARINA DNI: 32.549.201 Por un monto de pesos VEINTISIETE MIL ($27.000), WOODWARD MARIA JOSE DNI: 30.128.504 Por un monto de pesos TREINTA Y SIETE MIL ($37.000).-
ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1º, deberá ser tomada de la Partida 5.1.3.0. BECAS, Jurisdicción 3000, Programa 30, F.F. 132 del Presupuesto de Gastos Vigente.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno