Boletines/Magdalena
Decreto Nº 979
Magdalena, 20/07/2023
Visto
Las actuaciones iniciadas mediante Expte. letra D Nº 847/2023 y;
Considerando
Que, el Agente Municipal DACA RUBEN EDGARDO, legajo Nº 2300 con DNI. Nº 13.377.089 queda enmarcado dentro de lo previsto por el Art. 34 Inc g) del Convenio Colectivo de Trabajo, haber alcanzado la edad y aportes exigidos por la legislación vigente para acceder al beneficio jubilatorio.
Que, ante dicha circunstancia deberá procederse al CESE el día 16 de julio de 2023 y BAJA el día 17 de julio de 2023 del mencionado agente, de acuerdo a lo previsto por la citada ley.
Que el Agente solicita el anticipo jubilatorio.
Que, el Departamento Liquidaciones deberá implementar la erogación de 3 (TRES) días de licencias no gozadas del año 2019, 28 (VEINTIOCHO) días de licencias no gozadas del año 2020, 28 (VEINTIOCHO) días de licencias no gozadas del año 2021, 28 (VEINTIOCHO) días de licencias no gozadas del año 2022 y 14 días de licencias proporcionales no gozadas del año 2023 y el SAC proporcional.
Que, el presente trámite cuenta con la pertinente autorización del Secretaria de Gobierno.-
POR ELLO
El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: CESE el día 16 de julio de 2023 y BAJA el día 17 de julio de 2023 al Agente Municipal, DACA RUBEN EDGARDO, legajo Nº 2300 con DNI. Nº 13.377.089, para acceder al beneficio de JUBILACION POR HABER ALCANZADO LA EDAD Y APORTES exigida por la legislación vigente para acceder al beneficio jubilatorio, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.-
ARTICULO 2º: AUTORICESE a la Asesoría Letrada a confeccionar el convenio para el pago del anticipo jubilatorio.
ARTICULO 3º: AUTORICESE al Departamento Liquidaciones a erogar 3 (TRES) días de licencias no gozadas del año 2019, 28 (VEINTIOCHO) días de licencias no gozadas del año 2020, 28 (VEINTIOCHO) días de licencias no gozadas del año 2021, 28 (VEINTIOCHO) días de licencias no gozadas del año 2022 y 14 días de licencias proporcionales no gozadas del año 2023 y el SAC proporcional.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno