Boletines/Magdalena
Decreto Nº 881
Magdalena, 03/07/2023
Visto
El Expte J 697/23, y;
Considerando
Que, mediante el mismo, el Depto. Ejecutivo Municipal reconoce los servicios prestados al personal que detenta cargos jerárquicos dentro del ámbito administrativo local.
Que, en el CCT en su Artículo 47 inc. 14 Ut Supra mencionado dice que se le abonara al personal Jerárquico los últimos 3 años previo a la jubilación la BONIFICACION PERSONAL JERARQUICO.
Que, la agente Ocampo Alejandra, leg. Nº 2134 se encuentra en condiciones de percibir dicha bonificación desde enero del 2022
Que, según dictamen de la Asesoría Letrada del Municipio a fojas 3 manifiesta que no corresponde que se reconozca retroactividad, por lo que la oficina de liquidaciones deberá abonar dicha bonificación a partir del 1 de julio del corriente.
Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Hacienda.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: ASIGNESE a partir del 01 de julio y hasta tanto se produzca el cese del agente para acogerse al beneficio de la jubilación, la bonificación para el personal jerárquico, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.-
ARTÍCULO 2º: ASIGNESE LA BONIFICACION PERSONAL JERARQUICO al agente:
LEGAJO |
AGENTE |
JURISDICCION |
PROGRAMA |
ACTIVIDAD |
2134 |
OCAMPO ALEJANDRA |
8000 |
01 |
00 |
ARTÍCULO 3º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el artículo anterior será con afectación a la Partida 1.1.3.9 –OTRAS BONIFICACIONES-, en la jurisdicción y programa de acuerdo a lo determinado en el artículo 2º del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés Garcia.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-