Boletines/Vicente López
Decreto Nº 5640/23
Vicente López, 02/10/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-3765-2023
Visto
Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada Nº 131 dispuesto por Decreto Nº 4730/23 para efectuar la contratación de la obra “RENOVACION DE VEREDAS DELEGACION CARAPACHAY”, y
Considerando
Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 790 se han presentado tres oferentes.
Que a fs. 798 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.
Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 801/802 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 11.2 del Pliego de Clausulas Legales Especiales, aconseja por unanimidad adjudicar por menor valor a la firma CORPAL S.R.L, por un total de $ 14.806.100,00.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma CORPAL SRL., por un monto total de Pesos catorce millones ochocientos seis mil cien ($14.806.100,00), la contratación de la obra “RENOVACION DE VEREDAS DELEGACION CARAPACHAY”, en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales, al Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc obrante a fs. 801/802.
Artículo 2º.- La suma de Pesos catorce millones ochocientos seis mil cien ($14.806.100,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 0-7591 obrante a fs. 63/64 y Ajuste de Preventiva N° 9-001130 de fs. 806.
Artículo 3º.- DEJAR constancia que, conforme documentación obrante a fs 692, EL CONTRATISTA designa como REPRESENTANTE TÉCNICO al Sr. Juan Alberto Davico, DNI 10.919.007 Matrícula C.I.P.B.A. - N° 46718.
Artículo 4º.- INTIMAR a la firma adjudicataria CORPAL S.R.L.., para que dentro de los SIETE (7) días hábiles de notificado el presente Decreto, constituya y remita a este Municipio, al mismo mail desde donde es notificado, las garantías que se mencionan a continuación, acompañadas de la Declaración Jurada que como ANEXO III forma parte integrante del Pliego de Cláusulas Legales Especiales:
a) Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor del monto adjudicado, en concepto de Garantía de Ejecución Contractual.
b) Garantía de Anticipo Financiero, equivalente al 50 % (cincuenta por ciento) del monto adjudicado.c) Contrato con A.R.T y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio o Póliza de Accidentes Personales.
d) Póliza de Responsabilidad Civil Emergente.
e) Póliza de Seguro Obligatorio de Automotor, en caso de corresponder.
Asimismo, en el plazo mencionado, el Representante Técnico del Contratista, deberá presentarse en la Secretaría de Servicios Públicos, munido del contrato correspondiente, visado por el Colegio de Profesionales pertinente.
El incumplimiento de una o más de las obligaciones mencionadas en el presente artículo, dará lugar a la aplicación de pleno derecho de las penalidades previstas en los artículos 11.4 y 11.5.
Artículo 5º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Servicios Públicos y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 6º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Servicios Públicos y Jefatura de Gabinete.
Artículo 7º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Martinez-Antiñolo-Baistrocchi-Antiñolo