Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2402/23
San Andrés de Giles, 29/08/2023
Visto
La solicitud cursada por el Sr. Presidente del Circulo Criollo El Lucero, Sr. Sebastian Casas , que diera origen al expte. Nº 4101-17814/23 ;y
Considerando
Que mediante la misma, requiere la exención retroactiva del pago de la Tasa por Servicios Urbanos, por el inmueble de su propiedad, correspondiente a la Circ. I, Secc. C Mz.237, Pc. 2B, Partida nº 26375 , por el ejercicio 2023.
Que por tratarse de una Entidad de Bien Público, debidamente reconocida en el Municipio, le corresponde el beneficio, en virtud de lo establecido en la ordenanza N° 2469/22, art. 93 inciso 3.
Que el Sr. Director de Recaudación, ha informado que no encuentra objeciones para acceder a lo requerido.
Que ha intervenido en las actuaciones, el Sr. Asesor Letrado Municipal
Por ello, el Intendente Municipal Interino , en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.;Eximir del pago de la Tasa por Servicios Urbanos correspondiente al inmueble propiedad del Círculo Criollo El Lucero , cuya Nomenclatura Catastral es: Circ. I, Secc. C , Mz. 237, Pc. 2B Partida Municipal nº26375, por el periodo 2023, por cumplimentar los interesados, los requisitos exigidos por la ordenanza nº 2469/22, artículo 93 inciso 3.
ARTICULO 2do.; Registrar, Comunicar a los peticionarios, a las Oficinas de Recaudación y Sistemas, y archivar.-