Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2376/23
San Andrés de Giles, 24/08/2023
Visto
El contrato de locación de obra suscripto entre esta Municipalidad y la Doctora Cynthia Carolina Marquez Sanchez (Médica Pediatra) convalidado por Decreto Nº2146 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 31 de julio de 2023; y
Considerando
Que dicho instrumento contractual, tiene por objeto la realización por parte de la profesional de guardias médicas en el Area de Pediatría en el Hospital Municipal San Andrés, en virtud de su especialización .
Que oportunamente han sido fijados los valores que por tal concepto se debe abonar a la profesional nombrada;
Que actualmente los citados valores han quedado desactualizados .
Que habiéndose evaluado las posibilidades en relación a la disponibilidad de recursos, con fecha 18 de agosto de 2023 , el Departamento Ejecutivo dictó el Decreto Nº 2352 donde se fijan nuevos valores para el monto de las guardias activas para los profesionales de la salud del Hospital Municipal San Andrés , aplicables a partir del 1 de agosto de 2023 , habiendo suscripto las partes a tal fin , una cláusula modificatoria de la cláusula tercera del acuerdo original;
Por ello, el Intendente Municipal Interino , en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar la cláusula modificatoria del contrato de locación de obra oportunamente convalidado por Decreto Nº 2146 /2023 , suscripta entre el Sr Intendente Municipal Interino y la Doctora Cynthia Carolina Marquez Sanchez (Médica Pediatra) , donde se acuerdan nuevos valores en el monto que se le abona por la prestación brindada, aplicables , a partir del 1º de agosto de 2023.
ARTICULO 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el acuerdo celebrado se imputarán a la siguiente cuenta presupuestaria:
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción: 1110107000: Secretaria de Salud
Categoría Programática 70: Prestación de Servicios en el Hospital Municipal San Andrés
Actividad 01: Servicios de Salud en el Hospital Municipal
Inciso 3: Servicios no personales
Partida Principal 4: Servicios Técnicos y Profesionales
Partida Parcial 2: Médicos y Sanitarios.
ARTICULO 3º: Registrar. Comunicar a quién corresponda, publicar y archivar.-
CLAUSULA MODIFICATORIA DE CONTRATO
SEGUNDO:Las partes acuerdan que la presente cláusula adicional no modifica el plazo de vigencia ni las demás cláusulas y condiciones establecidas en el contrato original convalidado por Decreto Nº 2146/2023
- - De conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados supra.--------------------------------------------------------------------