Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2193/23

Decreto Nº 2193/23

San Andrés de Giles, 04/08/2023

Visto

Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día  27 de julio del año  2023 sancionó la ordenanza Nº 2622 ; y 

Considerando

Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.

Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTÍCULO 1º:Promulgar la ordenanza  Nº 2622/ 23 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, durante la sesión ordinaria celebrada el día  27 de julio de 2023, en virtud de la cual  se     autoriza al Departamento Ejecutivo a emplazar un monumento en homenaje al celebrante de la primera misa rezada en San Andrés de Giles, el 30 de noviembre de 1806  fundador de este pueblo Presbítero Vicente Piñero,  de acuerdo a las especificaciones técnicas , condiciones particulares y demás detalles obrantes en el expediente administrativo Municipal Nº 4101-16.819-0-2023.

ARTICULO 2º:  El lugar de emplazamiento del monumento referenciado en el artículo precedente  será el espacio de calles Piñero y Saavedra de nuestra ciudad, señalado como el hito fundacional   de San Andrés de Giles, y la escultura estará cargo del artista plástico local, Marcelo Daverio.

ARTICULO 3º: Autorizar a las áreas contables del Municipio , a cumplimentar todos los procedimientos correspondientes , tendientes a cancelar las erogaciones emergentes de la materialización de la obra  aludida, debiéndose imputar dichos gastos en las partidas presupuestarias vigentes, determinadas en la Contaduría Municipal a fojas 10 del expediente mencionado.

ARTICULO  4º: Registrar, dar vista a las áreas que corresponda de acuerdo a la naturaleza de la presente norma, dar al Digesto Municipal y oportunamente publicar y archivar.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                              

 

 

 ORDENANZA N º 2622/23

Visto:
                                               Las actuaciones contenidas en el expediente Municipal Nº 4101-16.819-0-2023; iniciadas por el Departamento Ejecutivo, con motivo de su voluntad de  concretar el Proyecto consistente en emplazar un monumento que perpetúe la memoria del Presbítero Vicente Piñero, en un sitio  emblemático de nuestra ciudad, como es el espacio de calles Piñero y Saavedra de nuestra ciudad, donde se encuentra emplazado el hito fundacional de San Andrés de Giles;y

Considerando: .

                                               Que el proyecto se encuentra orientado a brindar a  la comunidad Gilense una  obra de que represente y rinda homenaje a la Figura de quién   fue el celebrante de la primera misa rezada en San Andrés de Giles  y es considerado Fundador de este pueblo.

                                               Que no existe en San Andrés  de Giles, un monumento de esas características ;

                                            Que en dicho contexto, deviene procedente y oportuno  hacer una pequeña reseña de los hechos de donación que hizo don Juan Francisco Suero para la creación del Pueblo y su Capilla .: “ A cinco leguas de San Antonio de Areco, en las adyacencias de la Cañada de Giles (esta denominación se debe a la posesión de las tierras por parte de la familia Giles, que venía de larga data y por lo cual se le asignó el nombre a esta Cañada, en el Paraje denominado de Las Bizcachas, don Juan Francisco de Suero y Giles dona una fracción  de tierra según acta labrada por el Agrimensor y sargento mayor don Francisco Julián de las Cañas, donde consta la voluntad de don Juan Francisco de Suero y Giles de “donar”  seiscientas  varas de tierra con los fondos correspondientes, al Niño Jesús y San José para que en dicho terreno se formase una Capilla , y presente el Cura y Vicario del partido de Areco, don Vicente Piñero admitió la donación. .

                                               Que es precisamente en ese terreno, donde hoy se encuentra el hito fundacional, tal como se expresara en párrafos anteriores,  donde se prevé   la construcción del monumento que nos ocupa.

                                               Que han intervenido en las actuaciones del mentado expediente, la señora Secretaria de Gobierno y el señor Secretario de Obras y Servicios de la Municipalidad, quien ha informado que desde la Secretaría a su cargo no existen objeciones que formular, al respecto (Fs 3)

                                         Que a fojas 4 a 7 obra el dictamen de la Dirección  Municipal de Planeamiento y Obras Particulares donde se detallan las características de la obra a realizar, (ubicación, Costo , dimensiones ; bocetos  , memoria descriptiva y  materiales a utilizar)

                                      Que la escultura estará a cargo del artista local Marcelo Daverio;

                                      Que asimismo han formulado sus respectivos dictámenes la señora Contadora Municipal y el señor Asesor Letrado de la Municipalidad (Fojas 10 y 11, respectivamente);

                                      Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar el  emplazamiento  del monumento referenciado,

                                               Por todo lo expresado el Honorable Concejo Deliberante en  uso de las facultades conferidas por el artículo 27º; 62º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente:

                                               O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º:   Autorizar al Departamento Ejecutivo a emplazar un monumento en homenaje al celebrante de la primera misa rezada en San Andrés de Giles, el 30 de noviembre de 1806  fundador de este pueblo Presbítero Vicente Piñero,  de acuerdo a las especificaciones técnicas , condiciones particulares y demás detalles obrantes en el expediente administrativo Municipal Nº 4101-16.819-0-2023.

ARTICULO 2º:  El lugar de emplazamiento del monumento referenciado en el artículo precedente  será el espacio de calles Piñero y Saavedra de nuestra ciudad, señalado como el hito fundacional   de San Andrés de Giles, y la escultura estará cargo del artista plástico local, Marcelo Daverio.

ARTICULO 3º  Una vez promulgada por el Departamento Ejecutivo la presente ordenanza, se deberán cumplir todos los procedimientos administrativos contables, tendientes a cancelar las erogaciones emergentes de la materialización de la obra  aludida, debiéndose imputar dichos gastos en las partidas presupuestarias vigentes, determinadas en la Contaduría Municipal a fojas 10 del expediente mencionado.

ARTICULO 4º    : De forma

 

Dado en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria celebrada el 27 de julio de 2023 .

Firmado

Germán De Rossi                                                                   Gustavo Lennard

Secretario del HCD                                                                Presidente del HCD