Boletines/Lobería

Decreto Nº1971-23

Decreto Nº 1971-23

Lobería, 06/10/2023

RATIFÍCASE lo dispuesto en el Decreto N° 1.777/23.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería, el Decreto Nº 1.777/23; y

Considerando

QUE, a través del Decreto N° 1.777/23 se dispuso la modificación, a partir del 01 de setiembre de 2023, de la carga horaria que cumple la asistente técnica Sofía Irigoyen, D.N.I.   Nº 40.058.419, designada por Decreto Nº 1.375/23, para cubrir a la Coordinadora del Hogar de Abrigo “Gambeteando Vientos”, quien se encuentra con licencia por maternidad;
QUE, la Dirección de Personal y Recursos Humanos interpretó la modificación como una reducción de la carga horaria, resultando un monto menor en la liquidación del haber a percibir;
QUE, Despacho de Gobierno entiende que no es posible una interpretación diferente a la que se expresa en el Decreto N° 1.777/23, atento que ante un incremento de actividades redunda en un incremento de la carga horaria por consiguiente, implica un mayor monto a percibir en los haberes;
QUE, consecuentemente y a fin de abundar en información para una correcta liquidación a abonar a la agente municipal en cuestión, resulta necesario abundar en detalle en el dictado de la pertinente disposición;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- RATIFÍCASE en todos sus términos lo dispuesto en el Decreto N° 1.777/23.
ARTÍCULO 2.- Entiéndase que la modificación motivo del Decreto referenciado se trata de un aumento de la carga horaria, cuyo motivo es un incremento de tareas que fueron detalladas en su artículo 1°, en virtud de cubrir la Asistente Técnica SOFIA IRIGOYEN, D.N.I. Nº 40.058.419, designada por Decreto Nº 1.375/23, a la Coordinadora del Hogar de Abrigo “Gambeteando Vientos”, quien se encuentra con licencia por maternidad.
ARTÍCULO 3.- Tomen conocimiento, Oficina de Personal, Dirección de Desarrollo Social, Contaduría Municipal y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.