Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 7032/23
Moreno, 14/09/2023
VISTO el Expte. H.C.D. N° 35.281/2022, mediante el cual solicita declarar de Interés Municipal el 19 de Noviembre “Día Internacional para la prevención del abuso de niños, niñas y adolescentes”; y
CONSIDERANDO la gravedad de la problemática que concierne al Abuso Sexual Infantil (A.S.I.) que merece por parte del Estado y la comunidad toda, un compromiso obligado y con ello dar cumplimiento a los mandatos constitucionales, Convención de los Derechos del Niño y otros Tratados Internacionales, Leyes Nacionales y Provinciales que rigen en la materia: “Convención de Belém do Pará”, Convención sobre los Derechos del Niño, Ley Nacional N° 24.417 - Violencia Familiar, Leyes de la Provincia de Buenos Aires N° 12.807 y N° 15.232, más conocida como “Ley de Víctimas”; y
QUE el maltrato infantil implica relaciones de abuso de poder, mediante el cual se ejercen distintas formas de violencia contra un niño/a o adolescente.
QUE esta siniestra relación de poder sucede en un 90% justamente en el círculo más cercano a la víctima, que conoce a su agresor, que no corresponde a un grupo social determinado sino que tiene correspondencia con el contexto ideológico cultural que engloba las dinámicas familiares.
QUE en general existe un desconocimiento de la verdadera magnitud del fenómeno, atento que la mayoría de los casos se remiten a los espacios más íntimos del círculo familiar, vecinos o de amistad.
QUE las tradiciones culturales, históricas, los mitos, los prejuicios, los miedos, repercuten negativamente al momento que una comunidad se la confronta con esta problemática.
QUE el Abuso Sexual Infantil es una situación anómala, que genera modelos nocivos para el desarrollo infantil, puesto que los niños/as y adolescentes que son víctimas o testigos de este delito, en muchos casos repetirán el modelo perverso de convivencia en distintos escenarios de su vida adulta.
QUE los especialistas en la prevención del Abuso Sexual Infantil consideran que “El daño que provoca el abuso es un balazo en el aparato psíquico”.
QUE las víctimas de Abuso Sexual Infantil deben ser orientadas en el conocimiento de sus derechos y en el procedimiento a seguir para revertir o disminuir la situación y superar de la mejor manera posible las consecuencias negativas que el hecho genera.
QUE el abordaje de la problemática, requiere la coordinación multidisciplinaria, no solo de la justicia, fuerzas de seguridad, sino también de la contención psicológica-social y que es necesario articular la Educación Sexual con valores claros en los niños y niñas de manera que genere mecanismos de defensa, que aprendan el sentido de pertenencia propia y el límite al acceso de la intimidad de sus cuerpos, desarrollando sus propias capacidades defensivas de poder decir “NO” ante cualquier situación de abuso. Articular con la Salud Sexual que contemple la atención profesional por parte de especialistas con experiencia en el tema que puedan atender las nuevas demandas.
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Declárese de Interés Municipal el 19 de Noviembre como “Día Internacional para la Prevención del Abuso de Niños, Niñas y Adolescentes”.
ARTÍCULO 2°: La Municipalidad de Moreno y el Honorable Concejo Deliberante, coordinarán con todas las organizaciones que trabajen en relación a lo mencionado en el Artículo 1°, acciones Sistemáticas y Permanentes de Capacitación, Prevención, Información y Difusión de la problemática a través de:
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 14 de Septiembre de 2023.
PROF. CASTRO ISAMAEL BELLOTTA, ARACELI
Secretario Presidenta
Comunicado al D.E el día 22/09/2023
Promulgada mediante el Decreto N° 3853/23 de fecha 22/09/2023