Boletines/Moreno

Decreto Nº3506/23

Decreto Nº 3506/23

Moreno, 05/09/2023

Visto y considerando

VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N° 4078-253768-S-2023; y

CONSIDERANDO que la Secretaría de Cultura, Educación y Deporte solicita declarar de Interés Municipal el evento “Día del Educador y la Educadora Popular y Comunitaria” que se realizara el durante el mes de septiembre y octubre del corriente año, en distintas plazas, casas jóvenes, escuelas, sociedades de fomento y dependencias municipales.

Que, tiene como objetivo principal la mejora en la utilización de recursos para garantizar la igualdad de oportunidades en el aprendizaje y mejorar la calidad de las políticas de enseñanza, conjuntamente con la cultura, consideran dichos tópicos como prioridad municipal.

Que, es necesario el apoyo y fomento hacia las transformaciones pedagógicas y organizacionales que mejoren la calidad y equidad del sistema educativo nacional en todos sus niveles, solicitando la erogación de gastos correspondientes para solventar los gastos que emerjan de las actividades.

Que, a fs. 02 ha intervenido Presupuesto Municipal informando la partida presupuestaria a la cual se imputará dicho gasto, a saber: Jurisdicción: 1.1.1.01.07.000 Secretaria de Cultura, Educación y Deporte, Cat. Programática: 01.01. Coord. de las Actividades Educativas y Culturales, Fuente de Financiamiento: 1.1.0 Tesoro Municipal.

Que, a fs. 03 ha tomado la debida intervención la Contaduría Municipal, dando cumplimiento con lo establecido en el artículo 187 inciso 6 de la L.O.M.

Que, a fs. 04 ha tomado intervención la Secretaria de Economía.

Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Dictámenes.

Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Articulo 108, inc. 17 del Decreto-ley 6769/58.

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal el evento “Día del Educador y la Educadora Popular y Comunitaria” que se realizara el durante el mes de septiembre y octubre del corriente año, en distintas plazas, casas jóvenes, escuelas, sociedades de fomento y dependencias municipales.

ARTÍCULO 2°.- Autorícese a la Contaduría Municipal a librar las respectivas órdenes de pago por las erogaciones que se generen, cuyos gastos se imputarán en la siguiente partida: Jurisdicción: 1.1.1.01.07.000 Secretaria de Cultura, Educación y Deporte, Cat. Programática: 01.01. Coord. de las Actividades Educativas y Culturales, Fuente de Financiamiento: 1.1.0 Tesoro Municipal.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Cultura, Educación y Deporte, la Sra. Secretaria de Economía y el Sr. Secretario de Gobierno.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, publíquese, notifíquese y comuníquese; cumplido, archívese.

SR ALBERTO ESTEBAN CONCA                          SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ

DRA MARIELA BIEN                                            CYNTHIA MUÑOZ