Boletines/Moreno
Decreto Nº 3842/23
Moreno, 22/09/2023
Visto y considerando
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N° 4078-254252-S-2023 iniciado por la Secretaría Privada.
CONSIDERANDO que en dichas actuaciones se solicita declarar de interés Municipal el conjunto de actividades denominado “49° Peregrinación Juvenil a Pie a Lujan” que se llevaran a cabo durante los días 30 de septiembre y el 1 de octubre del corriente año, a lo largo de la Ruta 7.
Que, la declaración de interés municipal del evento, tiene como objetivo el encuentro y participación de todos los pelegrinos, exponer esta tradicional manifestación de Fe más convocante.
Que, aportaría una medida de acción positiva tendiente a fomentar nuestra idiosincrasia, promoviendo así el encuentro y la participación de los habitantes de nuestro partido en actividades fundamentales, reforzando el vínculo social, fortaleciendo la construcción colectiva con la comunidad católica.
Que, a fs. 02 la Secretaría Privada, manifestó que las actividades a realizar contarán con gastos, informando a qué partida presupuestaria se imputarán los mismos, mientras que a fs. 05 ha tomado intervención el área de Presupuesto Municipal ratificando la partida presupuestaria en cuestión.
Que, a fs. 06 ha tomado la debida intervención la Contaduría Municipal dando cumplimiento con lo estipulado en el Art 187 Inc. 6 del Decreto-ley 6769/58, manifestando que, de acuerdo a sus competencias, no tiene observaciones que realizar.
Que, a fs. 09 ha tomado conocimiento la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Dictámenes, emitiendo el correspondiente dictamen jurídico.
Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Articulo 108, inc. 17 del Decreto- Ley N° 6769/58.
Por ello,
LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal el conjunto al evento denominado “49° Peregrinación Juvenil a Pie a Lujan” que se llevaran a cabo durante los días 30 de septiembre y el 1 de octubre del corriente año.
ARTÍCULO 2°.- Autorizase a la Contaduría Municipal a librar orden de pago por las erogaciones que se generen cuyos gastos se imputarán en la siguiente partida: Jurisdicción: 1.1.1.01.01.000 Secretaria Privada, Cat. Programática: 01.01. Coord. Gral. De Gobierno y Relaciones con la Comunidad. Fuente de Financiamiento: 1.1.0 Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por las Sras. Secretaria de Privada, la Sra. Secretaria de Economía y el Sr. Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, publíquese, notifíquese y comuníquese, cumplido, archívese.
SR ALBERTO ESTEBAN CONCA SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ
DRA MARIELA BIEN SRA MARCELA ALEJANDRA DIAZ