Boletines/Tornquist

Ordenanza Nº3705/23

Ordenanza Nº 3705/23

Tornquist, 27/10/2023

VISTO:
                                 La actual situación social y macroeconómica, y;

CONSIDERANDO:

Que por medio del presente los locadores dan en locación al Locatario, y este acepta, un inmueble ubicado en calle Belgrano 33 de Saldungaray;

Que el inmueble podrá ser destinado por el Locatario, únicamente para la instalación de un GERIATRICO- HOGAR DE ANCIANOS, no pudiendo ello ser modificado;

Que el plazo de la presente locación se establece en treinta y seis (36) meses contados desde el 1° de septiembre de 2023, venciendo en consecuencia el 31 de agosto de 2026;

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante; 

Que a fs. 9 del Expediente N°297/23, el Honorable Concejo Deliberante solicita la respuesta a la consulta efectuada al Honorable Tribunal de Cuentas;

Que a fs. 12 – 14 obra respuesta del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el cual expone que “… se entiende que podría celebrarse un contrato de locación de inmueble sin quedar alcanzado por la prohibición del artículo 6° bis de la Ley N°13.295, incorporado por Ley N°14.984, con el objetivo de satisfacer la necesidad sustentada en la emergencia social, siempre y cuando la misma este previamente declarada por el departamento ejecutivo y decretada mediante ordenanza dictada de conformidad con los lineamientos enunciados”.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Declárese en todo el territorio del Partido de Tornquist la emergencia social para los adultos mayores hasta el 1° de marzo del 2024.

ARTICULO 2°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a realizar las erogaciones de gastos extraordinarios que se originen producto de la emergencia declarada en el artículo precedente.

ARTICULO 3°: Autoriza la firma del Contrato de Locación entre el Sr. Oscar Juan Irigoyen, y la Sra. Zulema Nora Irigoyen y la Municipalidad de Tornquist representada por el Sr. Intendente Municipal Sergio Fabián Bordoni, obrante a fs. 2, 3 y 4 el cual formará parte de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-

APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D DE TORNQUIST, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.-

 

Anexos

Contrato de Locacion

Geriátrico Saldungaray

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