Boletines/Tornquist

Ordenanza Nº3701/23

Ordenanza Nº 3701/23

Tornquist, 17/10/2023

VISTO:                                             

El Expediente nro. 204/22 caratulado “S.D. Convenio de partes S.I.P. de Tornquist con Balcón del Arroyo”, y;

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad es propietaria del Sector Industrial Planificado de Tornquist, que se identifica catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Chacra 145, Parcela 3N, Partida (106) 12297;

Que el referido SIP, conforme plano obrante a fs. 30, ha sido divido en 29 Unidades Privativas;

Que el proyecto productivo presentado por El Balcón del Arroyo S.R.L., y que fuera evaluado por la Secretaría de Producción Comercio e Industria, tiene como finalidad incentivar y estimular el desarrollo de mano de obra y producción local;

Que la empresa solicitó la adquisición para la instalación de su fábrica en el SIPT, y para ello, requirió la venta su favor por parte del Municipio de dos lotes de terreno, para el desarrollo del emprendimiento productivo;

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su ARTÍCULO 159(Texto según Art. 1 del Decreto-Ley 8.752/1977) dispone que: “Los bienes municipales serán enajenados por remate o licitación pública. No obstante podrá convenirse la venta: (…) 3. Directamente: (…) f) (Texto según Art. 19 del Decreto-Ley 9.448/1979) De inmuebles en planes de vivienda y de parques y zonas industriales,”;

Que meritando los objetivos de la empresa, que a modo enunciativo son la elaboración y venta de quesos con materia prima del distrito y marca registrada, elaborados mediante procesos cuidados, eficientes y sostenibles, agregando valor a cada paso de la cadena de producción, comercialización y servicio al turista, colaborando con el desarrollo económico, productivo y turístico de la región mediante un proyecto productivo pionero en la región en cuanto a la asociación de tamberos y productores que buscan potenciar sus fortalezas, con una visión que trasciende lo estrictamente económico y que apunta, a trabajar junto con la Municipalidad de Tornquist, en objetivos de índole educativa y social, tales como la creación de puestos de trabajo genuinos, capacitación de mano de obra local, estímulo a otros emprendedores;

Que el Banco de la Provincia de Buenos Aires, ha efectuado las tasaciones de cada una de las Unidades Privativas;

Que de acuerdo a plano de Mensura y División que fuera citado, los lotes a transferir serán I) UNIDAD PRIVATIVA DE DOMINIO TRES y II) UNIDAD PRIVATIVA DE DOMINIO CUATRO, de una superficie aproximada de 2.000 metros cuadrados cada uno;

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 55º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante;

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a realizar la transferencia del dominio a título de venta y a suscribir el contrato de compraventa con El Balcón del Arroyo SRL.

ARTICULO 2º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir cualquier documentación necesaria relacionada con la presente venta.

ARTÍCULO 3º: Declárese de interés social y autorícese la escrituración a través de la Escribanía General de Gobierno.

ARTÍCULO 4º: El producido de la venta de los bienes será destinado a una cuenta afectada de origen Municipal, cuyo destino de fondos estará vinculado a obras de infraestructura del Sector Industrial Planificado de Tornquist.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-

APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D DE TORNQUIST, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.-

Anexos

Balcón del Arroyo

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