Boletines/Tornquist
Decreto Nº 1329/23
Tornquist, 21/09/2023
Visto y considerando
VISTO:
La solicitud efectuada por la Secretaría de Gobierno y Seguridad a través del Expediente N° 334/23, caratulado “D.E.: Solicitud de reconocimiento de declaración de incompetencia de la Secretaría de Gobierno y Seguridad”;
Y CONSIDERANDO:
Que el Sr. Secretario de Gobierno y Seguridad Interino ha manifestado la necesidad de contratar una persona idónea ad-hoc para afectarlo para tareas de asesoría técnica en la implementación de políticas públicas de coordinación de gestión en el ámbito de la Secretaría de Gobierno y Seguridad;
Que conforme refiere la Secretaría de Gobierno y Seguridad mentada, deviene necesario fortalecer las tareas en cuestión;
Que el Sr. Secretario de Gobierno y Seguridad Interino, se ha declarado incompetente para realizar y asumir las tareas antes mencionadas;
Que el artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires establece que “cuando las Municipalidades carezcan de oficinas técnicas a cargo de profesionales, se podrán contratar los estudios, los proyectos y/o la dirección de las obras públicas con profesionales que figuren inscriptos en un registro que habilitarán al efecto. (…) El Departamento Ejecutivo podrá resolver, con el mismo método, las situaciones que se originen cuando, teniendo la Municipalidad organizada su oficina técnica, ésta se declarara incompetente para realizar los proyectos y asumir la dirección de las obras públicas. La precitada declaración de incompetencia deberá ser fundada y ser reconocida por el Departamento Ejecutivo.”;
Que es menester dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello, en uso de sus atribuciones,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Téngase presente y acéptese la declaración de incompetencia dispuesta por la Secretaría de Gobierno y Seguridad en relación con la tarea detallada en el exordio.
ARTICULO 2º: Autorícese y facúltese a la jurisdicción referida, a proceder a la contratación de un profesional ad-hoc para afectarlo a la tarea de: asesoría técnica en la implementación de políticas públicas de coordinación de gestión en el ámbito de la Secretaría de Gobierno y Seguridad.
ARTICULO 3°: Comuníquese y publíquese. Regístrese y cumplido: ARCHIVESE. -