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Decreto Nº1957-23

Decreto Nº 1957-23

Lobería, 03/10/2023

MODIFICASE el Cálculo de Recursos Año 2023. MODIFICASE el Presupuesto de Gastos Año 2023.

Visto

Lo dispuesto en los artículos 41, 107, 108, 119 y 120 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza Nº2721/2022; y

Considerando

QUE, de acuerdo a los dispuesto por el artículo 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, “el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones o
creaciones que correspondan”, de aquellas partidas financiadas con recursos afectados, “según el monto de los recursos efectivamente autorizados o realizados y acordes con la finalidad que deban ser aplicados los aludidos recursos”;
QUE, según lo establece el artículo 120 de la misma norma, “el Departamento Ejecutivo podrá disponer ampliaciones en los créditos presupuestarios y su correspondiente
distribución financiados con incrementos de los recursos propios, transferencias, donaciones y remanentes de ejercicios anteriores.”
QUE, siendo de práctica la firma de acuerdos o convenios con Organismos Nacionales y/o Provinciales adhiriendo a Programas, iniciativas o emprendimientos con proyección local, corresponde incorporar al Presupuesto Municipal las sumas de dinero que financian las diversas actividades y obras comprometidas;
QUE, en tal sentido, se han transferido fondos con destino y por el monto que se detalla en la siguiente nómina:
1.- Recursos Ley 10432 Siembra de Banquinas $ 160.918,00
2.- Tasa por servicios de Camping Municipal $ 20.250,00
3.- Reintegro Crédito Adjudicatario FOMEPRO $ 56.088,52
4.- Fondo Provincial Municipios a la Obra 2023 $ 13.085.139,79
5.- Torneos Bonaerenses $ 9.646.258,68
6.- Policía Comunal $ 89.115,00
7.- Pequeño Hogar Gambeteando Vientos $ 3.873.816,00
8.- Programa Escenarios Deportivos Accesibles para Personas con Discapacidad $ 550.000,00
9.- Plan Nacer $ 1.745.678,50
10.- Construcción 10 Viviendas I.V.B.A. $ 5.399.718,83
11.- Programa Especial de Emergencia Educativa $ 5.626.647,20
12- Construcción de 32 Viviendas en la Localidad de Lobería $78.044.012,76
13.- Plan de Integración Territorial Universitaria $ 30.000.000,00
14.- Programa Casa Propia – Construir Futuro 24 Viviendas $ 22.815.891,18
QUE, conforme a lo expresado más arriba, corresponde hacer lugar a la modificación presupuestaria de rigor;

POR ELLO, El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARIDO DE LOBERIA, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, dicta el siguiente:
DECRETO

ARTICULO 1º MODIFICASE el Cálculo de Recursos Año 2023 –Anexo II de la Ordenanza Nº2721/22-, por la suma de Pesos CIENTO SETENTA Y UN MILLONES CIENTO TRECE
MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS (171.113.534,46), mediante la creación y/o ampliación de las partidas que se expresan a continuación:
131 11.9.09.00 Recursos Ley 10432 Siembra de Banquinas 160.918,00
131 12.1.20.00 Tasa por servicios de Camping Municipal 20.250,00
131 34.1.04.00 Reintegro Crédito Adjudicatario FOMEPRO 56.088,52
132 11.9.16.00 Programa Provincial Municipios a la Obra 2023 13.085.139,79
132 17.5.01.04 Torneos Bonaerenses 9.646.258,68
132 17.5.01.07 Policía Comunal 89.115,00
132 17.5.01.11 Pequeño Hogar Gambeteando Vientos 3.873.816,00
132 17.5.01.20 Programa Escenarios Deportivos Accesibles para Personas con Discapacidad 550.000,00
132 17.5.01.43 Plan Nacer 1.745.678,50
132 22.5.01.04 Construcción de 10 Viviendas I.V.B.A. 5.399.718,83
132 22.5.01.07 Programa Especial de Emergencia Educativa 5.626.647,20
132 22.5.01.20 Construcción de 32 Viviendas en la Localidad de Lobería 78.044.012,76
132 22.5.01.32 Plan de Integración Territorial Universitaria 30.000.000,00
133 22.2.01.14 Programa Casa Propia - Construir Futuro 24 Viviendas 22.815.891,18
ARTICULO 2º MODIFICASE el Presupuesto de Gastos Año 2023 -Anexo I de la Ordenanza Nº2721/22-, por la suma de Pesos CIENTO SETENTA Y UN MILLONES CIENTO TRECE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS (171.113.534,46), mediante la creación y/o ampliación de las partidas que se expresan a
continuación:
1110101000 UNIDAD INTENDENTE
131 16.01.00 - Agencia de Desarrollo Local 56.088,52
6.3.1.0 - Préstamos a largo plazo al sector privado 56.088,52
131 16.02.00 - Oficina de Turismo 20.250,00
3.3.9.0 - Otros 20.250,00
131 19.01.00 - Subsidios al Sector Privado 32.183,60
5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y 32.183,60 sociales sin fines de lucro
131 19.02.00 - Subsidios al Sector Público 96.550,80
5.3.7.0 - Transferencias a entes de gobiernos provinciales 96.550,80
1110102000 SECRETARIA DE GOBIERNO
132 17.02.00 - Promoción y Desarrollo Deportivos 550.000,00
2.9.9.0 - Otros 550.000,00
132 17.03.00 - Torneos Bonaerenses 9.130.386,97
2.2.2.0 - Prendas de vestir 1.193.000,00
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas 12.000,00
3.4.7.0 - Servicios de hotelería 6.278.293,61
3.5.1.0 - Transporte 791.850,00
3.5.9.0 - Otros 30.000,00
3.7.2.0 - Viáticos y Movilidad 111.243,36
5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro 714.000,00
18.02.00 - Torneos
132 Bonaerenses Torneos Bonaerenses 515.871,71
2.1.1.0 - Alimentos para personas 438.147,00
3.7.2.0 - Viáticos y Movilidad 42.724,71
3.5.9.0 - Otros 35.000,00
132 20.00.00 - Dirección de Protección Ciudadana 89.115,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes 89.115,00
1110104000 SEC DE INF. OB. Y SERV. PUB.
132 27.67.00 - Construcción de 32 Viviendas en la Localidad de Lobería 78.044.012,76
5.2.1.0 - Transferencias a personas 78.044.012,76
132 27.69.00 - Construcción de 10 Viviendas I.V.B.A. 5.399.718,83
5.2.1.0 - Transferencias a personas 5.399.718,83
133 27.70.00 - Programa Casa Propia - Construir Futuro "16 Viviendas en Lobería" 12.398.943,26
5.2.1.0 - Transferencias a personas 12.398.943,26
133 27.71.00 - Programa Casa Propia - Construir Futuro "8 Viviendas en San Manuel" 10.416.947,92
5.2.1.0 - Transferencias a personas 10.416.947,92
131 32.01.00 - Dirección Mantenimiento Vial 32.183,60
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes 32.183,60
132 37.04.00 - Construcción Jardín Maternal 5.626.647,20
5.2.2.0 - Transferencias a instituciones de enseñanza 5.626.647,20
132 37.53.00 - Universidad 2da Etapa 30.000.000,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles 30.000.000,00
132 37.82.00 - Ampliación de la Red de Pavimentos Urbanos 8.866.117,05
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo 672.536,91
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario 56.038,23
1.2.5.0 - Contribuciones patronales 232.768,58
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias 732.343,90
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso 2.434.192,60
2.7.2.0 - Productos no ferrosos 13.200,00
2.7.5.0 - Herramientas menores 14.500,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios 993.670,87
3.2.1.0 - Alquiler d edificios y locales 48.000,00
3.4.9.0 - Otros 2.060.665,96
3.5.1.0 - Transporte 440.000,00
3.5.9.0 - Otros 818.200,00
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento 350.000,00
132 37.86.00 - Ampliación Red Pavimento San Manuel 4.219.022,74
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes 5.346,94
2.5.9.0 - Otros 665.000,00
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso 1.384.530,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso 935.110,19
2.7.1.0 - Productos ferrosos 69.530,00
2.7.5.0 - Herramientas menores 8.690,00
2.7.9.0 - Otros 7.800,00
3.4.9.0 - Otros 905.463,93
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores 169.051,68
4.3.9.0 - Equipos varios 68.500,00
1110110000 SECRETARÍA DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
132 29.04.00 - Hogar Municipal "G. V." 3.873.816,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas 1.086.543,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir 624.029,00
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón 13.125,00
2.3.2.0 - Papel para computación 5.000,00
2.3.3.0 - Productos de artes gráficas 4.500,00
2.9.2.0 - Útiles de escritorio, oficina y enseñanza 138.325,00
3.4.2.0 - Médicos y sanitarios 248.100,00
3.4.9.0 - Otros 425.800,00
3.5.1.0 - Transporte 1.328.394,00
132 23.01.00 - Dirección Hospital Municipal 945.678,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles 945.678,00
132 35.01.00 - Dirección Centro de Atención Primaria de la Salud 800.000,50
4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento 265.930,00
4.3.6.0 - Equipo para computación 534.070,50
ARTICULO 3º Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Hacienda, Contaduría y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVASE