Boletines/Puan
Decreto Nº 268/17
Puan, 24/01/2017
SUBSIDIOS A ENTIDADES DEPORTIVAS PROGRAMA CLUBES ARGENTINO (Pcia.)
Visto
la Resolución Nº 814/16 de la Secretaría de Deporte, Educación Física y Recreación de la Nación, y
Considerando
Que la misma otorga a esta Municipalidad de Puan la suma de $ 800.000.- en concepto de subsidio con destino al apoyo y sostenimiento de ocho (8) instituciones deportivas, en el marco del Programa Clubes Argentino.
Que corresponde registrar contablemente el ingreso y egreso de dichos fondos.
Que cada institución beneficiaria deberá rendir cuentas documentadas dentro de los 30 días de la finalización del plazo de ejecución de los fondos.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO
D E C R E T A :
Artículo 1°.- Otórgase la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000.-) a las instituciones deportivas del Distrito de Puan que a continuación se detallan, y por la suma que en cada se indica, destinados a la adquisición de materiales deportivos e indumentaria deportiva y/o mejoras edilicias:
INSTITUCIÓN |
LOCALIDAD |
MONTO |
AsociaciónTiro Federal y Club Atlético de Puan |
PUAN |
$ 100.000.- |
Puan Foot Ball Club |
PUAN |
$ 100.000.- |
Club Atlético Independiente |
PUAN |
$ 100.000.- |
Club Darregueira y Biblioteca Popular “J.B.Alberdi” |
DARREGUEIRA |
$ 100.000.- |
Club Atlético Gimnasia y Esgrima |
DARREGUEIRA |
$ 100.000.- |
Club Argentino Junior |
DARREGUEIRA |
$ 100.000.- |
Club Atlético Rampla Juniors de Villa Iris |
VILLA IRIS |
$ 100.000.- |
Club Social y Deportivo “El Ceibo” |
BORDENAVE |
$ 100.000.- |
Artículo 2º.- El ingreso del monto total señalado en el artículo 1º es a la Jurisdicción 1110111000 - Secretaría de Gobierno y Hacienda, 175.01.68. “Fondos Clubes Argentinos” del Cálculo de Recursos vigente; y el egreso por la Jurisdicción “Dirección de Turismo, Deportes, Cultura y Juventud”, 17.00.00 Deportes” del Presupuesto de Gastos vigente, ambos de la estructura programática RAFAM.
Artículo 3º.- Cada Institución deportiva beneficiaria del subsidio deberá: realizar la actividad o cumplir la finalidad que fundamenta el otorgamiento del subsidio; invertir los fondos en un plazo máximo de 30 días, a partir de su efectiva acreditación; demostrar la realización de la actividad y rendir cuenta documentada dentro de los 30 días de la finalización del plazo de ejecución de los fondos.
Artículo 4º.- Dése al Registro Oficial; pase a Tesorería, previa intervención de Contaduría, a sus efectos; cúmplase y archívese.-
Firmado: Secretaria de Gobierno y Hacienda, Dra. MARÍA LORENA USTARROZ - Intendente Municipal de Puan Cr. FACUNDO DAVID CASTELLI