Boletines/Puan

Decreto Nº268/17

Decreto Nº 268/17

Puan, 24/01/2017

SUBSIDIOS A ENTIDADES DEPORTIVAS PROGRAMA CLUBES ARGENTINO (Pcia.)

Visto

la Resolución Nº 814/16 de la Secretaría de Deporte, Educación Física y Recreación de la Nación, y

Considerando

Que la misma otorga a esta Municipalidad de Puan la suma de $ 800.000.- en concepto de subsidio con destino al apoyo y sostenimiento de ocho (8) instituciones deportivas, en el marco del Programa Clubes Argentino.

Que corresponde registrar contablemente el ingreso y egreso de dichos fondos.

Que cada institución beneficiaria deberá rendir cuentas documentadas dentro de los 30 días de la finalización del plazo de ejecución de los fondos. 

POR ELLO y en uso de sus atribuciones

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO

D E C R E T A :

 

 

Artículo 1°.- Otórgase la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000.-) a las instituciones deportivas del Distrito de Puan que a continuación se detallan, y por la suma que en cada se indica, destinados a la adquisición de materiales deportivos e indumentaria deportiva y/o mejoras edilicias:

INSTITUCIÓN

LOCALIDAD

MONTO

AsociaciónTiro Federal y Club Atlético de Puan

PUAN

 $ 100.000.-

Puan Foot Ball Club

PUAN

 $ 100.000.-

Club Atlético Independiente

PUAN

 $ 100.000.-

Club Darregueira y Biblioteca Popular “J.B.Alberdi”

DARREGUEIRA

 $ 100.000.-

Club Atlético Gimnasia y Esgrima

DARREGUEIRA

 $ 100.000.-

Club Argentino Junior

DARREGUEIRA

 $ 100.000.-

Club Atlético Rampla Juniors de Villa Iris

VILLA IRIS

 $ 100.000.-

Club Social y Deportivo “El Ceibo”

BORDENAVE

 $ 100.000.-

Artículo 2º.- El ingreso del monto total señalado en el artículo 1º es a la Jurisdicción  1110111000 - Secretaría de Gobierno y Hacienda, 175.01.68. “Fondos Clubes Argentinos” del Cálculo de Recursos vigente; y el egreso por la Jurisdicción “Dirección de Turismo, Deportes, Cultura y Juventud”, 17.00.00 Deportes” del Presupuesto de Gastos vigente, ambos de la estructura programática RAFAM.

Artículo 3º.- Cada Institución deportiva beneficiaria del subsidio deberá: realizar la  actividad o cumplir la finalidad que fundamenta el otorgamiento del subsidio; invertir los fondos en un plazo máximo de 30 días, a partir de su efectiva acreditación; demostrar la realización de la actividad y rendir cuenta documentada dentro de los 30 días de la finalización del plazo de ejecución de los fondos.

Artículo 4º.- Dése al Registro Oficial; pase a Tesorería, previa intervención de Contaduría, a sus efectos; cúmplase y archívese.-

Firmado: Secretaria de Gobierno y Hacienda, Dra. MARÍA LORENA USTARROZ - Intendente Municipal de Puan Cr. FACUNDO DAVID CASTELLI