Boletines/Puan

Decreto Nº189/17

Decreto Nº 189/17

Puan, 11/01/2017

DESIGNACIÓN ESPECIALISTA EN DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES EN HOSPITAL PUAN

Visto

la necesidad de cubrir interinamente determinados cargos de servicios de Salud de los efectores públicos del Distrito, y

Considerando

Que la Ordenanza 4063/06 y sus modificatorias, y su Decreto Reglamentario 233/07 y sus modificatorias, regulan la organización de los Servicios de Salud.

Que es necesario cubrir el cargo de Médico Especialista en Diagnóstico por Imágenes en el sistema de salud del Distrito de Puan.

Que se ha evaluado al Dr. CARLOS ALBERTO RUIZ, M.P. 1690.

Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108°, Inc. 9) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y el Artículo 10° Inc. 2 a) de la Ordenanza 4063/06 y sus modificatorias.

 POR ELLO,  y en uso de sus atribuciones

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO

D E C R E T A:

 

 

Artículo 1°.- Desígnese en forma interina en el cargo de ESPECIALISTA EN DIAGNOSTICO  POR IMAGENES del Hospital Municipal de Puan al Dr. CARLOS ALBERTO RUIZ,  D.N.I. Nº 21.556.617, M.P. 1690, Legajo Nº 1523, con domicilio en calle Garay Nº 54 de la localidad de Puan, en los términos del Artículo 10° Inc. 2 a) y 27º Inc. a) de la Ordenanza 4063/06, y modificatorias quién cumplirá las prestaciones referentes a la función específica, y según lo establecido en los Decretos Nº 035/12, y sus modificatorias.

Artículo 2°.-  La designación del Artículo 1º se cumplimentará con un régimen horario   de 20 hs.  semanales, asignando el total de las mismas a la realización de estudios programados en consultorio externo e internación en el Hospital Municipal “Gobernador Ugarte” de Puan, se asigna además 90 hs semanales de Guardia Pasiva en el Hospital Municipal “Gobernador Ugarte” de Puan, equivalentes a 15 días mensuales, siendo 11 de ellas guardias de días hábiles y 4 de ellas guardias de días no hábiles.

Artículo 3°.-  La retribución por el cargo designado en el Artículo 2º, será remunerado  de acuerdo al Nivel 5 (Coeficiente 1.2), de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto de Gastos vigente del Ejercicio 2017 y el Anexo II del Decreto 233/07 y sus modificatorias.

Artículo 4°.- La retribución a que hace referencia el artículo 3° se ajustará a las horas  efectivamente trabajadas, descontando bajo el concepto “Días no trabajados” el importe correspondiente según surja de su planilla laboral, quedando exceptuado del presente artículo las licencias a que el agente tiene derecho según ley 14.656 y Ordenanza 4063/06 “Carrera de Profesionales de la Salud”.

Artículo 5°.- El cargo del Servicio dependerá jerárquicamente de la Dirección Médica    del Hospital Municipal de Puan.

Artículo 6°.- La vigencia del presente será a partir del 1 de Febrero y hasta el 30 de  Junio de 2017, o hasta tanto se sustancie el correspondiente concurso, el que fuere anterior.

Artículo 7°.- El agente designado tendrá los derechos y obligaciones emergentes según Ordenanza 4063/06 “Carrera de Profesionales de la Salud” y modificatorias; y del Decreto Nº 035/12 y sus modificatorias, y Ley 14.656 Régimen de Empleo Municipal.

Artículo 8°.- El gasto que demande el cumplimiento del 3º será imputado a la cuenta  contable del R.A.F.A.M. 1.2.1.0 del Programa que corresponda del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 9°.- Dése a  Registro Oficial, pase a  Personal y Contaduría del Ente Descentralizado de Salud a sus efectos, cúmplase y archívese.-

Firmado: Secretaria de Gobierno y Hacienda, Dra. MARÍA LORENA USTARROZ - Intendente Municipal de Puan Cr. FACUNDO DAVID CASTELLI