Boletines/Puan

Decreto Nº172/17

Decreto Nº 172/17

Puan, 11/01/2017

JEFE DEL SERVICIO DE HEMOTERAPIA

Visto

la necesidad de cubrir la función de Jefaturas de los Servicios de Salud de los efectores públicos del Distrito de Puan, y

Considerando

Que a los efectos de cubrir la Jefatura del Servicio de Hemoterapia del Hospital Municipal “Gobernador Ugarte” de Puan, se ha evaluado a la Dra. BLANCA DE LA VEGA.

Que el  presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108°, Inc. 9) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y el Artículo 10° Inc. 2 a) de la Ordenanza 4063/06 y modificatorias.

Que el profesional queda encuadrado en la Ordenanza 4063/06, Decreto reglamentario 233/07 y modificatorios y Decreto 035/12.

POR ELLO y en uso de sus atribuciones

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO

D E C R E T A:

Artículo 1º.- Desígnese en la Jefatura del Servicio de Hemoterapia del Hospital  Municipal “Gobernador Ugarte” de Puan en forma interina a la Dra. BLANCA DE LA VEGA, D.N.I. Nº 22.135.099, MP Nº 1909, Legajo Nº 2223, con domicilio en calle España Nº 381 de la ciudad  de Puan, en los términos del Artículo 10° Inc. 2 a) de la Ordenanza 4063/06 y modificatorias, quién cumplirá las prestaciones atinentes a la función específica, y según lo establecido en los Decretos Nº 035/12.

Artículo 2º.- Será su función la de planificar, organizar y administrar las actividades  propias del servicio de hemoterapia y su coordinación con los demás servicios y efectores de salud. Deberá contar con un 70% de actividad asistencial y un 30% de actividad administrativo-docente, según lo establece el art. 7 inc. 2 del Decreto 233/07 Reglamentario de la Ordenanza 4063/06 “Carrera de Profesionales de la Salud”. Sin perjuicio de lo detallado precedentemente, como responsabilidades específicas deberá:

  • Supervisar al personal técnico y por su intermedio al paciente en las prácticas específicas que realiza el servicio.
  • Trabajar bajo las normas legales vigentes que regulan los procedimientos de transfusiones sanguíneas (y sus series), asegurar la trazabilidad de los mismos.
  • Supervisar la organización administrativa de su personal a cargo y servicio: planilla de guardias pasivas, licencias, procedimientos realizados, insumos utilizados.
  • Promover y desarrollar actividades de capacitación y actualización al personal del servicio.
  • Coordinar e informar al resto de los efectores de salud y restantes servicios del Hospital Municipal de Puan, la modalidad de trabajo: días de extracción, requisitos, preparación previa del paciente.
  • Desarrollar actividades específicas de promoción y prevención de la salud, al menos dos veces al año.

Artículo 3°.- La Jefatura del Servicio dependerá jerárquicamente de la Dirección Médica del Hospital Municipal “Gobernador Ugarte” de Puan.

Artículo 4°.- El Profesional representara al Ente Descentralizado de Salud de la Municipalidad de Puan ante los organismos correspondientes en trámites, gestiones, jornadas de capacitación y toda otra actividad que el desarrollo del Servicio requiera.

Artículo 5º.- La vigencia del presente será a partir del 1º de Enero y hasta el 31 de  Diciembre de 2017, o hasta tanto se sustancie el correspondiente llamado a concurso, para la designación del Artículo 1º.

Artículo 6°.- Dése al Registro Oficial; pase a Contaduría y Personal del Ente Descentralizado de Salud, a sus efectos; cúmplase y archívese.-

Firmado: Secretaria de Gobierno y Hacienda, Dra. MARÍA LORENA USTARROZ - Intendente Municipal de Puan Cr. FACUNDO DAVID CASTELLI