Boletines/Puan
Decreto Nº 114/17
Puan, 04/01/2017
SERVICIO DE HEMOTERAPIA
Visto
la necesidad de rediseñar los servicios y equipos de trabajo del Hospital Municipal “Gobernador Ugarte” de Puan, y
Considerando
Que el Ente Descentralizado de Salud tiene como uno de sus objetivos fundacionales el “asegurar y/o desarrollar todas las actividades sanitarias, hospitalarias y asistenciales que conduzcan a la asistencia integral necesaria para garantizar el mantenimiento de la salud de la población” (art. 2º Estatuto de Funcionamiento, Ordenanza 2940/02).
Que se vuelve necesario llevar a cabo una actividad coordinada entre diferentes servicios del área de salud, y otros servicios municipales y provinciales.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO
D E C R E T A:
Artículo 1º.- Créese el SERVICIO DE HEMOTERAPIA del Hospital Municipal “Gdor. Ugarte” de Puan, dependiendo jerárquicamente de la Dirección Médica de dicho efector.
Artículo 2°.- Formarán parte del Servicio todas las actividades llevadas a cabo por personal profesional, técnico y auxiliar que el mismo requiera
Artículo 3°.- Estará organizado en base a una Jefatura, de acuerdo a lo normado por la Ordenanza 4063/06 de la Carrera de Profesionales de la Salud y Decreto Reglamentario 233/07.
Artículo 4°.- La vigencia del presente será a partir del 1º de Enero de 2017.
Artículo 5°.- Dése a Registro Oficial, pase a Dirección Médica del Hospital Municipal “Gobernador Ugarte” de Puan, a Personal y Contaduría del Ente Descentralizado de Salud a sus efectos, cúmplase y archívese.
Firmado: Secretaria de Gobierno y Hacienda, Dra. MARÍA LORENA USTARROZ - Intendente Municipal de Puan Cr. FACUNDO DAVID CASTELLI