Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 579
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 11/09/2023
Visto las presentes actuaciones iniciadas por el Sr. Daniel Ritiro, representante de la Empresa Dany-Juegos, solicitando extender la autorización de instalación de un Parque de Diversiones en el sector del Avda. Buenos Aires entre Castelli y Vieytes de nuestra ciudad; por lo expuesto y considerando:
Que mediante Resolución 419/2023 se autorizó al Sr. DANIEL RITIRO, DNI 25.999.884, en su carácter de representante de la Empresa “Dany-Juegos” a instalar un parque de diversiones en el predio ubicado en el sector de Avda. Buenos Aires entre Castelli y Vieytes, desde el día 28 de junio de 2023 hasta el 31 de agosto de 2023.
Que a raíz del vencimiento del plazo otorgado el Sr. RITIRO Daniel solicita extender la autorización en el lugar cedido para tal fin, por un tiempo de sesenta días, a partir del 1 de septiembre hasta el 31 de octubre del corriente año.
Que la Dirección de Planificación Urbana, con el visto bueno de la Dirección General de Espacios Públicos informan que el espacio público aún se encuentra disponible, dentro de la manzana ubicada entre calles Buenos Aires y 17 de Mayo y calles Vieytes y Castelli.
Que la Dirección de Defensa Civil informa que no encuentra objeciones para que se autorice la instalación y funcionamiento ya que ha presentado la documentación necesaria para su
funcionamiento.
Por todo ello, y con el visto bueno de la Dirección de Planificación Urbana, el SECRETARIO DE GESTION URBANA, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 182º de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Prorróguese la autorización otorgada mediante Resolución 419/2023, al Sr. DANIEL RITIRO, D.N.I. Nº 25.999.884, en su carácter de representante de la Empresa “Dany-Juegos”, a partir del 1 de septiembre y hasta el día 31 de octubre de 2023, en el predio ubicado en el sector del calles Buenos Aires y 17 de Mayo y calles Vieytes y Castelli de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2°)- Déjese constancia que esta Comuna no asume responsabilidad alguna sobre la realización de la actividad.
ARTICULO 3°)- Déjase constancia que no podrán tomar tensión del tablero existente, por lo tanto se recomienda el uso de un generador o el pedido de una bajada a la empresa prestataria.
ARTICULO 4°)- Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Recaudación, la Dirección de Defensa Civil, Dirección de Planificación Urbana; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-