Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2752

Resolución Nº 2752

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/10/2023

VISTO las presentes actuaciones, atento la liquidación practicada por el Departamento de Inspecciones en el Formulario M-008 de Fiscalización y Ajuste Impositivo obrante a fojas 74 y 74 vuelta, en concepto de Tasa por Inspecciones de Seguridad e Higiene; y,

CONSIDERANDO

Que el articulo 29 de la Ordenanza Fiscal vigente, establece “…En la determinación de oficio, ya sea sobre base cierta o presunta, la autoridad municipal dará vista al contribuyente o responsable de las actuaciones donde consten los ajustes efectuados o las imputaciones o cargos formulados. Dentro de los quince (15) días de notificado, el contribuyente o responsable podrá formular su descargo por escrito y presentar toda la prueba que resultare pertinente y admisible (…) Transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior sin que el contribuyente o responsable haya presentado su descargo y aportado pruebas o luego de valorada la misma, se dictará resolución dentro de los quince (15) días, determinando el gravamen y sus accesorios…”;

Que corrido el traslado al contribuyente y notificado en su domicilio fiscal, omite presentar descargo en los términos del artículo 29 de la ordenanza fiscal;

Por ello, y en virtud a lo informado por el Departamento Inspecciones a fojas 80 a 81 vuelta, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 2900/2021:

- RESUELVE -

ARTICULO 1º)- Confirmar la liquidación practicada a PLUSCARGO BAHIA BLANCA S.A., Contribuyente Nº 87.933 por el Departamento de Inspecciones en el Formulario M-008 d7e Fiscalización y Ajuste Impositivo obrante a fojas 74 y 74 vuelta; de acuerdo a las Bases Imponibles indicadas en el formulario, del cual el contribuyente ha tomado vista; en base a las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes, y el Artículo 26 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias; teniendo en cuenta que el recurrente ha desistido de los dos (2) extremos previstos en el artículo 29 de la Ordenanza Fiscal vigente.-

ARTICULO 2º)- Intimar a PLUSCARGO BAHIA BLANCA S.A., Contribuyente Nº 87.933 a que en el plazo de quince (15) días, contados a partir de su notificación, proceda al pago de la deuda fiscalizada que mantiene con la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA, en concepto de Tasa por Inspecciones de Seguridad e Higiene, períodos 1°/2022 a 6°/2023, cuyo importe en concepto de capital asciende a PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($3.214.226,64.-) a valor nominal, y en concepto de accesorios (recargos e intereses) a PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($633.953,59.-), siendo estos últimos ajustados a la fecha de efectivo pago.-

ARTICULO 3º)- Hacerle saber al contribuyente que tendrá derecho a impugnar la presente resolución de acuerdo a los términos del artículo 50° de la ordenanza fiscal, el cual estipula que “Contra las resoluciones del Departamento Ejecutivo que -determinen gravámenes, impongan multas, liquiden intereses, calculen actualizaciones de deudas o denieguen exenciones, ya sea que hayan sido dictadas en forma conjunta o separada, el contribuyente o los responsables podrán interponer recursos de reconsideración respecto de cada uno de esos conceptos dentro de los quince (15) días de su notificación”.

ARTICULO 4º)-Cumplidos los plazos otorgados, verificado el incumplimiento de lo establecido en los artículos precedentes, gírese el presente expediente a la oficina de Gestión de Cobros para que inicie y prosiga contra PLUSCARGO BAHIA BLANCA S.A., Contribuyente Nº 87.933las acciones judiciales necesarias pertinentes, hasta que la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA perciba de manera íntegra el pago de las sumas indicadas, mas los accesorios, multas por omisión y Derechos de Oficina, desde la fecha de la presente, hasta la efectivización de los montos adeudados.-

ARTICULO 5º)- Cumplir, publicar, notificar con copia del Formulario M-008 de Fiscalización y Ajuste Impositivo obrante a fojas 74 y 74 vuelta, tomar nota Departamento Inspecciones, hecho; ARCHIVAR.-