Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2608
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 25/09/2023
Vistas las presentes actuaciones, atento la solicitud de exención en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene realizada por GISMANO ANA CECILIA, DNI 22.505.803, como titular del ESPACIO CULTURAL VITRÓ, CUIT N° 27-22.505.803-8, Contribuyente N° 92.633, por encontrarse el mismo incurso en las causales previstas en el Artículo Nº 144, Inciso j) de la Ordenanza Fiscal 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que, de fs. 5 a 14, obran informes, en los que se acredita estado del mismo, como ESPACIO CULTURAL "VITRÓ", representado por GISMANO, ANA CECILIA, Contribuyente N° 92.633 ;
Que, el Artículo Nº 144, Inciso j) de la Ordenanza Fiscal vigente prescribe que están exentas del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene: “Los Espacios Culturales Independientes clase A y B, según Artículo 9º de la Ordenanza 18486, debidamente inscriptos en el Registro Municipal de Espacios Culturales Independientes.”.;
Que, el Departamento Recaudación a fs. 15 sugiere se exima a GISMANO ANA CECILIA, Contribuyente N° 92.633, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a partir del 01/08/2023, segun lo dispuesto por el art. 144 inc. j);
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º): Eximir a GISMANO ANA CECILIA, CUIT N° 27-22.505.803-8, Contribuyente N° 92.633, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a partir del día 01/08/2023, fecha en la cual se inició la solicitud, según lo establecido en el Artículo Nº 144, Inciso j) de la Ordenanza Fiscal 2023 y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2º): Cumplir, notificar, dar al R.O, tome nota Departamento Recaudación; y hecho, ARCHIVAR.-