Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 353
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 03/10/2023
Visto las presentes actuaciones, atento a lo solicitado por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia a fs. 41, respecto a la autorización del personal para la carga de tarjeta Sube que se utiliza en la Dirección de Políticas de Género para los niños, mujeres y familiares que acompañan a realizar actividades y tratamientos en el marco del funcionamiento de las dependencias de la mencionada Dirección y;
CONSIDERANDO
Que la Sra. Angela Estefania Schieda legajo Nº 12.487, quien fue autorizada por Resolución Nº 313/2022, no continuara como responsable del cobro de la carga de dicha tarjeta.
Que la agente Antonela Elizabeth Moretti, Legajo Nº 16.124, será la nueva responsable a partir del día 20 de Septiembre de 2022 y hasta el 31 de Diciembre de 2023.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Dar de baja a la Sra. Angela Estefania Schieda, legajo Nº 12.487, CUIL 27-21717180-1, quien fue autorizada mediante Resolución Nº 313/2022 como responsable para la carga de la tarjeta sube.-
SEGUNDO: Autorizase a Contaduría General a liquidar a favor de la agente Antonela Elizabeth Moretti, Legajo Nº 16.124, CUIL 27-33176302-6 a partir del 20 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre del 2023, el importe mensual de pesos catorce mil ($14.000.-) para la carga de la tarjeta Sube de la Dirección de Políticas de Género, con oportuna rendición de cuentas.
TERCERO: El pago del importe dispuesto en el artículo segundo, se efectivizará a través de Contaduría General mediante la confección de Expedientillos iniciado a través de la Dirección General de Integración y Fortalecimiento de Derechos Humanos.
CUARTO: El presente gasto deberá imputarse a la Jurisdicción: 1110106000; Fuente: 110; Cat. Programática: 68.00 Gasto: 3.7.1.0.
QUINTO: Cúmplase, tomen nota Contaduría General; Subdirección de Presupuesto y Planificación; Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia; dése al R.O. y ARCHIVESE.-