Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2091
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 09/08/2023
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por MENDEZ DE VIANA NORMA BEATRIZ, D.N.I N° 12.836.494, mediante la cual solicita la condonación de la deuda, hasta la fecha de escrituración, de la Partida de su propiedad Nº 32.321, de acuerdo al Régimen de Regularización Dominial impuesto por la Ley Nº 24.374, reglamentado por el Decreto Nº 2815/96, por la Ley Nº 10.928 de Condonación de Tasas Municipales y por la Ordenanza Nº 10.970, y;
CONSIDERANDO:
Que, según copia escritura obrante a fojas 3 a 10, la fecha de escrituración de la mencionada Partida Inmobiliaria Nº 32.321 corresponde al día 27 de febrero de 2019;
Que, el Departamento Recaudación manifiesta a fs. 21 que correspondería condonar la deuda de la Partida N° 32.321, en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, desde 02/2017 hasta la fecha de instrumentación del acta notarial o escritura traslativa de dominio el 27/02/2019, conforme lo previsto en el la Ley 24.374, Ley Provincial 10.928 y Ordenanza 10.970;
Que, el Artículo Nº 3 de la Ley Nº 10.928 establece: “Condónase las deudas por impuesto inmobiliario registradas hasta la fecha de escrituración de todos aquellos inmuebles comprendidos en el plan de regularización dominial de interés social, cuando las escrituras traslativas de dominio fueren autorizadas por ante la Escribanía General de Gobierno, según ley 10.830 y/o ley 10.295 y su modificatoria, ley 10771. Autorízase a las Municipalidades a condonar las deudas por tributos y/o tasas municipales, en adhesión y para los casos establecidos en el presente artículo.”;
Que, el Artículo Nº 2 de la Ordenanza Nº 10.970 dispone la exención en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, hasta la instrumentación del acta notarial o de la escritura traslativa de dominio respectiva de cada inmueble;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- R E S U E LV E -
ARTICULO 1º): Condonase la deuda en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, desde 02/2017 hasta 27/02/2019, respecto de la Partida N° 32.321, atento lo establecido en la Ley Nº 24.374 reglamentada por el Decreto Nº 2.815/96, la Ley Nº 10.928 y la Ordenanza Nº 10.970.-
ARTICULO 2º): Cúmplase, notifíquese, tomen nota a sus efectos, Departamento de Recaudación, Departamento Catastro, y Hecho, ARCHIVESE.-