Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3997
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/09/2023
VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria correspondiente al Certificado Nº 1 de la obra: "ILUMINACIÓN CALLE NECOCHEA ENTRE CAMBACERES Y NEWBERY", adjudicada a la empresa ELECTROMECANICA RI DE RUBEN INSUA mediante Decreto Nº 1775/2023; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 3 el Departamento Mantenimiento Alumbrado Publico informa que por Ordenanza N° 20.986 la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Fecha de Licitación fue el 26-04-2023; la Fecha del Contrato fue el 05-06-2023, el Acta de Replanteo el 12-06-2023, y con un Plazo de Obra de 120 días, fecha de finalización de los trabajos 10-10-2023
Que el Departamento Técnico ha analizado la presentación de la redeterminación de precios Provisoria de la empresa ELECTROMECANICA RI DE RUBEN INSUA, la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza N° 20.986.-
Que al CERTIFICADO Nº 1 se le realiza el análisis con los índices correspondientes al mes de JULIO-2023. Se informa que el Mes de Ejecución de los trabajos fue JULIO -2023; la Fecha de Publicación de los índices JULIO 2023, el día 30/08/2023; la Fecha de Presentación de la empresa 01/09/2023, Porcentaje previsto en la curva de inversión es del 4,53% y porcentaje de curva alcanzado: 12,47%.
Que el Departamento técnico sugiere que se apruebe la redeterminación del CERTIFICADO Nº 1 por el monto de $1.634.702,52.- (del cual se deberá descontar el 5% correspondiente a la garantía de fondo de reparo y el 5% correspondiente a la ampliación de de la garantía de contrato o realizar el deposito de las pólizas correspondientes) que ha sido verificada por el Departamento Técnico y difiere en el monto que adoptó la empresa para la actualización del certificado ya que utilizó el monto total del contrato, en lugar del monto del certificado N° 1 Parcial.
Que el Departamento Técnico sugiere se apruebe la redeterminación del CERTIFICADO N° 1 por un monto de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DOS CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.634.702,52).-
Que así mismo, la Oficina Técnica considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su aprobación.
Que a fojas 27 el informe de la asesora letrada de la Secretaría de Infraestructura manifiesta que "... Atento a lo señalado por la Oficina Técnica a través de la Ordenanza Nº 20986 Municipio de Bahía Blanca se adhiere al Decreto Provincial Nº 290/2021.
Es importante aclarar, que el análisis que efectúa esta asesoría, es de neto corte legal, quedando bajo la órbita de cada Departamento Técnico la evaluación técnica de la petición ejecutada por la contratista.
En tal sentido dejo constancia, que el análisis deber ajustarse a lo establecido por la ordenanza nombrada, respecto a los plazos previstos. Asimismo, surge del pedido de la contratista el cumplimiento de los recaudos exigidos por el artículo 23.
En caso de que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, entiendo que la misma deberá rechazarse.
En este caso, no observo impedimento legal alguno para la aprobación de los pedidos de redeterminación según Ordenanza Municipal Nº 20986 conforme los términos del informe técnico, por lo cual sugiero, salvo opinión de la autoridad en contrario, que el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por la normativa..."
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del CERTIFICADO Nº 1 de la obra: "ILUMINACIÓN CALLE NECOCHEA ENTRE CAMBACERES Y NEWBERY", el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
ARTÍCULO 1º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de precios del CERTIFICADO Nº 1 de la obra: "ILUMINACIÓN CALLE NECOCHEA ENTRE CAMBACERES Y NEWBERY", por un monto de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DOS CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.634.702,52), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 437R-7234-2023.
ARTÍCULO 2º: Para el Pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Artículo N° 16 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Oficina Técnica a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra; tome nota el Departamento Mantenimiento Alumbrado Publico y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorpórese a través del mismo, copia del presente Decreto al expediente 437R-2294-2023. Cumplido ARCHÍVESE.-