Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº544

Resolución Nº 544

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 30/08/2023

Visto la nota obrante de fojas 34 a 48 del presente expediente, mediante la cual el agente FILIBERTO Lucio Andrés, legajo 15137, dependiente de la División de Tránsito Urbano, solicita que le sea otorgada una extensión a su licencia sin goce de haberes, ante la necesidad de continuar con su proyecto de estudios e investigación en relación a un posible hermanamiento entre la ciudad de Bahía Blanca y la ciudad de Palemo – Italia; por lo expuesto y considerando:

Que el Convenio Colectivo de Trabajo establece en su Art. 58º: “Por causas no previstas en esta ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes. Para hacer uso de esta licencia el trabajador deberá contar con una actividad mínima inmediata de un (1) año como planta permanente a la fecha de su designación. -El uso de licencia sin goce de haberes, salvo las indicadas precedentemente, coloca al trabajador en situación de inactividad”.

Que el agente en cuestión cuenta con una actividad mínima inmediata de un (1) año como planta permantente a la fecha de su designación, tal lo establece el Art. 58º del Convenio Colectivo de Trabajo.

Que mediante Resolución 278/2023 se otorgó la licencia sin goce de haberes al agente mencionadoa partir del día 15 de mayo de 2023, y por el término de tres meses.

Que del informe del Departamento Administración del Personal obrante a fojas 50 a 51 del expediente de referencia surge, que los motivos de real necesidad dependen de la valoración subjetiva que de ello realice la superioridad; y teniendo en cuenta que en razón de ello el Secretario de Gestión Urbana expone que la misma será otorgada hasta el 31 de diciembre de 2023; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º: Otórguese una extensión de la licencia sin goce de haberes al agente FILIBERTO LUCIO ANDRES, Legajo 15.137, dependiente de la División de Tránsito Urbano (oficina 345), desde el día 15 de Agosto del 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023, en el marco de lo establecido en el Artículo nº58 del Convenio Colectivo de Trabajo, celebrado con el Sindicato de Trabajadores Municipales y aprobado por Ordenanza 18.061 y de acuerdo a lo expuesto en el considerando de la presente.

ARTICULO 2º: Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Administración del Personal, División de Tránsito Urbano, Dirección Obra Social Empleados Municipales, Subdirección de Capital Humano; dése al R.O. y ARCHIVESE.-